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RDL 13/2022 · RETA · Sistema cuotas por ingresos reales desde 2023 · Tarifa plana 87,50 €/mes encajame.es

Cuánto paga un autónomo a la Seguridad Social en 2026: tramos y cuotas reales

Desde enero de 2023, los autónomos cotizan a la Seguridad Social según sus ingresos reales, no según una base elegida libremente. El sistema tiene 15 tramos: cuanto más ganas, más pagas. Esta guía explica cuánto es exactamente y cómo funciona la regularización anual.

Antes de la reforma del RDL 13/2022, un autónomo podía cotizar por la base mínima aunque ganase mucho (pagando menos pensión futura) o por la base máxima aunque ganase poco (para acumular prestaciones). Eso se acabó. Ahora la cuota mensual a la Seguridad Social depende de lo que el autónomo declara ganar — y al año siguiente se regulariza contra lo que realmente ganó.


El sistema de cuotas por ingresos reales

La base de cotización se elige dentro de un tramo determinado por los rendimientos netos previstos del año. Esos rendimientos netos son los ingresos de la actividad menos los gastos deducibles, menos las cuotas pagadas a la propia Seguridad Social, y menos una reducción del 7% por gastos de difícil justificación (autónomos en estimación directa simplificada) o del 3% (autónomos societarios).

Se pueden cambiar la base de cotización hasta 6 veces al año, adaptándola si los ingresos cambian.


Los 15 tramos de cotización en 2025 (referencia vigente)

Nota sobre 2026: las tablas de tramos fueron establecidas por el RDL 13/2022 con una senda transitoria 2023–2025. Para 2026, el Gobierno debe publicar la actualización mediante la Ley de Presupuestos o norma equivalente. Los tramos que figuran a continuación son los vigentes en 2025 y la referencia más fiable hasta que se confirme la actualización 2026 en el BOE.
TramoRendimiento neto mensualBase mínimaBase máximaCuota mín. aprox.
1Menos de 670 €653,59 €718,95 €~200 €/mes
2670 € – 900 €718,95 €900 €~220 €/mes
3900 € – 1.166,70 €849,67 €1.166,70 €~260 €/mes
41.166,70 € – 1.300 €950,98 €1.300 €~290 €/mes
51.300 € – 1.500 €960,78 €1.500 €~294 €/mes
61.500 € – 1.700 €960,78 €1.700 €~294 €/mes
71.700 € – 1.850 €1.013,07 €1.850 €~310 €/mes
81.850 € – 2.030 €1.013,07 €2.030 €~310 €/mes
92.030 € – 2.330 €1.029,41 €2.330 €~315 €/mes
102.330 € – 2.760 €1.045,75 €2.760 €~320 €/mes
112.760 € – 3.190 €1.078,43 €3.190 €~330 €/mes
123.190 € – 3.620 €1.111,11 €3.620 €~340 €/mes
133.620 € – 4.050 €1.143,79 €4.050 €~350 €/mes
144.050 € – 6.000 €1.176,47 €6.000 €~360 €/mes
15Más de 6.000 €1.209,15 €6.000 €~370 €/mes (mín.)

Las cuotas aproximadas se calculan aplicando el tipo total del RETA (~30,6%) sobre la base mínima de cada tramo. La cuota exacta depende de si se cotizan contingencias profesionales, cese de actividad (0,90%) y formación profesional (0,10%).


La tarifa plana: 87,50 €/mes el primer año

Los nuevos autónomos que se dan de alta en el RETA por primera vez — o que llevan más de 2 años sin estar dados de alta — tienen derecho a la cuota reducida de 87,50 €/mes durante los primeros 12 meses, independientemente de sus ingresos.

Tarifa plana

87,50 €

por mes · primeros 12 meses

Prórroga posible

12 meses más

si ingresos por debajo del SMI

La prórroga de la tarifa plana se concede automáticamente si al acabar el primer año los rendimientos netos del autónomo siguen siendo inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En 2025, el SMI era de 1.134 €/mes en 14 pagas (15.876 €/año).


La regularización anual: qué pasa en la declaración de la renta

Este es el punto que más sorprende a los autónomos nuevos con el sistema de ingresos reales.

Al hacer la declaración de la renta, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social cruzan los datos. Si durante el año el autónomo pagó más cuotas de las que le correspondían por sus ingresos reales: la Seguridad Social le devuelve la diferencia. Si pagó menos cuotas de las que le correspondían: tiene que pagar la diferencia.

La regularización no tiene recargos si el autónomo había declarado de buena fe los ingresos previstos. Los recargos solo aparecen si se detecta ocultación deliberada de ingresos.


Qué se cubre con la cuota del RETA

ConceptoQué da derecho
Contingencias comunesEnfermedad común, accidente no laboral, maternidad/paternidad, jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia
Cese de actividadEl "paro" de los autónomos: prestación por cese de actividad (no es obligatorio cotizarlo, pero sí recomendable)
Contingencias profesionalesAccidente de trabajo y enfermedad profesional
Formación profesionalAcceso a cursos de formación gratuitos para autónomos (FUNDAE)

Preguntas frecuentes

¿Cuándo puedo cambiar mi base de cotización?

Hasta 6 veces al año, en los períodos establecidos por la Seguridad Social (generalmente cada dos meses). El cambio es efectivo el primer día del mes siguiente a la solicitud. Si tus ingresos suben o bajan significativamente, puedes — y debes — ajustar la base para evitar sorpresas en la regularización anual.

¿Los autónomos societarios pagan lo mismo?

El autónomo societario (el que trabaja para su propia sociedad siendo administrador) cotiza por el mismo sistema de tramos, pero el cálculo del rendimiento neto usa una reducción del 3% por gastos de difícil justificación (en lugar del 7% del autónomo individual). También pueden incluir el salario que perciben de la sociedad como parte de los rendimientos computables.

¿Se puede cotizar por encima de la base mínima del tramo voluntariamente?

Sí. Dentro de cada tramo, el autónomo puede elegir cualquier base entre la mínima y la máxima del tramo. Cotizar más implica pagar más cuota mensual, pero también acumula más derechos de pensión futura. Es una decisión personal de planificación de la jubilación.

¿Puedo deducirme la cuota de la SS en el IRPF?

Sí, y es una de las deducciones más importantes. Las cuotas pagadas a la Seguridad Social por el propio autónomo son gasto deducible al 100% en el cálculo del rendimiento neto de actividades económicas (Art. 30.2.1ª LIRPF). Esto significa que reducen directamente la base imponible del IRPF.


Contenido elaborado y verificado por el equipo de encajame.es — tu referencia en prestaciones sociales y ayudas públicas en España.

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Artículo elaborado conforme al RDL 13/2022 de nuevo sistema de cotización para autónomos. Los tramos y cuotas reflejados corresponden a la senda 2025 establecida en dicho RDL. La actualización 2026 se publicará mediante norma de rango legal equivalente. Tarifa plana: 87,50 €/mes confirmada por Ley 31/2022. Actualizado a junio de 2026.

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