Encájame

Por situación

Ayudas si estás en paro o sin trabajo 2025

Si has perdido el empleo o no tienes ingresos suficientes, España tiene un sistema de protección por capas: paro contributivo, subsidios asistenciales, ayudas específicas para colectivos vulnerables, y en último lugar el IMV. Aquí te explicamos cuál te toca según tu situación.

En 30 segundos

  • Has cotizado y te quedas en paro → prestación contributiva por desempleo (paro).
  • Has agotado el paro → subsidio común (480 €/mes durante 6-30 meses).
  • Más de 52 años con paro agotado → subsidio +52, hasta la jubilación.
  • Vulnerable (víctima violencia, discapacidad, retornado) → RAI, 480 €/mes durante 11 meses.
  • Has agotado todo → SED (6 meses) o IMV (indefinido).
  • Eres autónomo → cese de actividad (70 % base, 4-24 meses).

El sistema por capas

España tiene un sistema de protección por desempleo en capas que se van consumiendo en orden. Conocer el orden y los plazos es clave para no perder derechos:

  1. Paro contributivo: cuando pierdes el trabajo habiendo cotizado mínimo 360 días en los últimos 6 años. Cuantía: 70 % de tu base reguladora. Duración: 4-24 meses según cotización.
  2. Subsidio común: una vez agotas el paro contributivo. 480 €/mes durante 6 meses (sin cargas) o hasta 30 meses (con cargas familiares).
  3. Subsidio para mayores de 52: hasta la jubilación si cumples requisitos. Cotiza por jubilación durante el cobro.
  4. RAI (Renta Activa de Inserción): para colectivos vulnerables, 480 €/mes durante 11 meses, hasta 3 veces en la vida.
  5. SED: subsidio extraordinario residual de 6 meses, una sola vez en la vida laboral.
  6. IMV: la red última, indefinida, mientras se cumplan los requisitos económicos.

Si eres autónomo

Los autónomos tienen su propia prestación: la prestación por cese de actividad (el «paro del autónomo»). Importes: mínimo 480 €/mes, máximo 1.575 €/mes. Duración: 4-24 meses según meses cotizados. La gestiona tu mutua colaboradora — la causa más común de denegación es no acreditar el cese involuntario (pérdidas > 10 % durante 12 meses, fuerza mayor, etc.).

Casos especiales

Algunas situaciones tienen ayudas específicas:

  • Subsidio agrario (Andalucía y Extremadura): para temporeros del campo con 35+ jornadas anuales. 480 €/mes durante 6 meses al año.
  • Víctimas de violencia de género: acceso directo a RAI sin requisitos de edad ni tiempo en demanda de empleo.
  • Personas con discapacidad ≥33 %: RAI también sin requisito de edad, y posible PNC de Invalidez con grado ≥65 %.
  • Emigrantes retornados: RAI específica + ayudas autonómicas (especialmente en Galicia, Asturias, Extremadura).

Rentas mínimas autonómicas

Además del IMV estatal, cada CCAA tiene su propia renta mínima asistencial:

Todas las ayudas por desempleo

Preguntas frecuentes

¿Qué ayuda me corresponde si he agotado el paro?

Lo siguiente es el subsidio común por agotamiento (480 €/mes durante 6-30 meses según cargas familiares). Si después también se agota, puedes pedir el SED (Subsidio Extraordinario por Desempleo, 480 €/mes durante 6 meses, una sola vez en la vida). Para mayores de 52, hay subsidio específico hasta la jubilación.

¿Cuánto se cobra del subsidio por desempleo?

480 €/mes (80 % del IPREM) tras la reforma de noviembre 2024. Duración entre 6 meses (sin cargas familiares) y 30 meses (con cargas familiares). Hay modalidades específicas para mayores de 45, mayores de 52, víctimas de violencia, retornados, etc.

Soy autónomo cesado. ¿Tengo derecho al paro?

Sí, a la prestación por cese de actividad (el 'paro del autónomo'). Paga el 70 % de tu base reguladora durante 4-24 meses según meses cotizados. La gestiona tu mutua colaboradora, no el SEPE.

¿Qué es la RAI y para quién es?

La Renta Activa de Inserción: 480 €/mes durante 11 meses. Para colectivos vulnerables: parados mayores de 45 con cargas familiares, víctimas de violencia de género, personas con discapacidad ≥33 % y emigrantes retornados. Se puede pedir hasta 3 veces en la vida laboral.

¿Qué pasa cuando he agotado todo?

Tu siguiente opción es el IMV (Ingreso Mínimo Vital) estatal, que es indefinido mientras se cumplan los requisitos. Además, las CCAA tienen rentas mínimas autonómicas que pueden complementar el IMV (RGI País Vasco, RGC Cataluña, RMI Madrid, RMISA Andalucía, RVI Valencia, etc.).

¿Cuál te toca?

El orden importa: cada ayuda exige haber agotado o no cumplir requisitos para la anterior. Haz el cuestionario personalizado y te decimos exactamente qué te toca según tu situación.