Bono Social Eléctrico y Térmico 2026: descuentos, quién lo cobra y cómo pedirlo
Hasta el 57,5% de descuento en la factura de la luz y entre 40 y 373 € anuales para calefacción — sin hacer ningún trámite adicional si ya tienes el bono eléctrico. Así funciona el doble escudo energético vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
El bono social eléctrico es un descuento directo en la factura de la luz para hogares en situación de vulnerabilidad. El bono social térmico es un ingreso único anual para compensar el gasto en calefacción, agua caliente y cocina. Son dos ayudas distintas pero inseparables: quien tiene el eléctrico recibe el térmico automáticamente, sin solicitud adicional. Ambas han sido prorrogadas hasta el 31 de diciembre de 2026 por el Real Decreto-ley 16/2025 (BOE del 24 de diciembre de 2025), confirmado por el RDL 2/2026.
Los descuentos vigentes en 2026: tres niveles según la vulnerabilidad
Consumidor vulnerable
42,5%
Descuento en la factura de la luz
Factura de 60 €/mes → pagas 34,50 €
Ahorro anual: ~306 €
Consumidor vulnerable severo
57,5%
Descuento en la factura de la luz
Factura de 60 €/mes → pagas 25,50 €
Ahorro anual: ~414 €
En riesgo de exclusión social
100%
La Administración paga el 50% + dto. del 57,5% sobre el resto
Sin corte de suministro garantizado
Quién puede pedirlo: los cuatro requisitos generales
Hay cuatro condiciones que deben cumplirse siempre, independientemente de la categoría de vulnerabilidad:
| Requisito | Condición |
|---|---|
| Titular persona física | Solo pueden ser beneficiarios las personas físicas. Las comunidades de vecinos o empresas no pueden acceder al bono social. |
| Vivienda habitual | El punto de suministro debe corresponder a la vivienda habitual del solicitante. No aplica a segundas residencias ni locales. |
| Tarifa PVPC | El contrato de luz debe estar en el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (tarifa regulada), con una comercializadora de referencia. Si tienes tarifa del mercado libre, debes cambiar a PVPC antes de solicitar. |
| Potencia ≤ 10 kW | La potencia contratada en el punto de suministro no puede superar los 10 kW. |
Condiciones de renta para acceder como consumidor vulnerable
Cumplidos los cuatro requisitos generales, se accede como consumidor vulnerable si la renta anual de la unidad de convivencia no supera los siguientes umbrales, calculados en función del IPREM de 14 pagas (8.400 €/año en 2026):
| Composición de la unidad de convivencia | Multiplicador IPREM | Umbral de renta 2026 |
|---|---|---|
| 1 adulto (persona sola) | 1,5 × IPREM | 12.600 €/año |
| 2 adultos | 1,5 + 0,3 = 1,8 × IPREM | 15.120 €/año |
| 2 adultos + 1 menor | 1,8 + 0,5 = 2,3 × IPREM | 19.320 €/año |
| 2 adultos + 2 menores | 2,3 + 0,5 = 2,8 × IPREM | 23.520 €/año |
| 2 adultos + 3 menores | 2,8 + 0,5 = 3,3 × IPREM | 27.720 €/año |
| Familia numerosa (título oficial) | 2 × IPREM | 16.800 €/año |
| Pensionista con pensión mínima (ingresos adicionales ≤ 500 €/año) | 1 × IPREM | 8.400 €/año — accede directamente como vulnerable severo |
Regla de los multiplicadores: por cada adulto adicional sobre el primero se suman 0,3 puntos al multiplicador base de 1,5. Por cada menor, se suman 0,5 puntos.
Consumidor vulnerable severo: la mitad del umbral + casos especiales
Se considera vulnerable severo cuando la renta es igual o inferior al 50% de los umbrales anteriores, o en estos casos especiales directamente reconocidos por la CNMC:
| Situación especial | Condición de renta para ser severo |
|---|---|
| Familia numerosa con título oficial | Renta ≤ 2 × IPREM (16.800 €/año) |
| Pensionista con pensión mínima de jubilación o incapacidad permanente | Renta ≤ 1 × IPREM (8.400 €/año). Ingresos adicionales no superiores a 500 €/año. |
| Cualquier perfil con renta ≤ 50% del umbral de vulnerable | Ejemplo: persona sola con renta ≤ 6.300 €/año (50% de 12.600 €) |
Colectivos especiales: el +1 al multiplicador
Si cualquier miembro de la unidad de convivencia pertenece a alguno de estos colectivos, el multiplicador de renta se incrementa en 1 punto adicional, ampliando el umbral de acceso:
| Colectivo especial | Efecto |
|---|---|
| Discapacidad reconocida ≥ 33% | El multiplicador de renta se incrementa en +1 punto. Ejemplo: una persona sola con discapacidad pasa de 1,5 × a 2,5 × IPREM = umbral de 21.000 €/año. |
| Víctima de violencia de género (acreditada) | |
| Víctima de terrorismo | |
| Dependencia reconocida de grado 2 o 3 |
Ejemplos de ahorro real — factura media de 70 €/mes
Vulnerable (42,5% dto.)
40,25 €/mes
Ahorro: 29,75 €/mes · 357 €/año
Vulnerable severo (57,5% dto.)
29,75 €/mes
Ahorro: 40,25 €/mes · 483 €/año
Ahorro total estimado (eléctrico + térmico zona C)
~600–700 €/año
Vulnerable severo en zona climática media
El ahorro real depende del consumo, la potencia contratada y el precio PVPC en cada momento. Los ejemplos usan una factura media orientativa.
El bono social térmico: el pago único anual que llega solo
El bono social térmico es una ayuda distinta al eléctrico pero vinculada a él: lo cobran automáticamente todas las personas que tuvieran el bono social eléctrico activo a 31 de diciembre del año anterior, sin hacer ningún trámite adicional. Está regulado por el Real Decreto-ley 15/2018 y prorrogado para 2026.
Cuantías del bono térmico 2026 por zona climática
El importe varía según la zona climática en que se ubique la vivienda (más frío = más ayuda) y el grado de vulnerabilidad:
Zona Alfa
40–60 €
Ceuta, Melilla, litoral almeriense, Málaga, costa Cádiz
Zona A
50–80 €
Castellón, Baleares, Valencia, Sevilla, Alicante, Murcia, Tarragona
Zona B
80–130 €
Barcelona, Pontevedra, Cáceres, Badajoz, Bilbao, A Coruña, Girona
Zona C
110–185 €
Toledo, Valladolid, Lleida, Pamplona, Salamanca, Zaragoza
Zona D
160–265 €
Burgos, Soria, Segovia, Ávila, Teruel, Cuenca, Vitoria
Zona E
225–373 €
Zonas de alta montaña: Pirineos, Sierra Nevada, zonas de alta altitud
Los importes más bajos corresponden a consumidores vulnerables y los más altos a vulnerables severos. Cuantías orientativas basadas en el Ministerio para la Transición Ecológica 2026.
Cómo y cuándo se paga el bono térmico
| Aspecto | Detalle |
|---|---|
| ¿Hay que pedirlo? | No. Se concede automáticamente a quienes tenían el bono eléctrico activo el 31 de diciembre del año anterior. |
| ¿Cuándo llega? | Durante el primer trimestre del año (generalmente entre febrero y abril). Las fechas exactas varían por comunidad autónoma. |
| ¿Cómo se cobra? | Transferencia bancaria a la cuenta donde tienes domiciliada la factura de la luz. Pago único anual. |
| ¿Hay carta de aviso? | Sí. La comunidad autónoma envía una carta informativa con un PIN de autenticación para confirmar el IBAN. Si no confirmas, el pago se realiza igualmente en la cuenta registrada. |
| ¿Se puede renunciar? | Sí, en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación. |
| ¿Quién gestiona el pago? | Las comunidades autónomas. La ayuda es estatal pero la ejecución del pago es autonómica, por eso las fechas varían. |
Cómo solicitar el bono social eléctrico: paso a paso
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1
Comprueba que tienes la tarifa PVPC. Si tienes tarifa del mercado libre, contacta con tu comercializadora y solicita el cambio a PVPC con la comercializadora de referencia de tu zona. Sin PVPC no hay bono social.
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2
Reúne la documentación según tu situación:
— Para renta ordinaria: DNI, libro de familia o certificado de convivencia, y declaración de la renta o certificado de imputaciones del último ejercicio para todos los miembros adultos de la unidad de convivencia.
— Para familia numerosa: título de familia numerosa en vigor.
— Para pensionistas con pensión mínima: certificado de pensión de la Seguridad Social.
— Para colectivos especiales (discapacidad, dependencia, violencia de género): certificado oficial correspondiente. -
3
Solicita el bono a tu comercializadora de referencia por cualquiera de sus canales: app, web, teléfono o presencialmente. Ellas están obligadas a tramitarlo. En caso de duda sobre cuál es tu comercializadora de referencia, consulta en la web de la CNMC.
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4
El bono dura 2 años. Transcurrido ese plazo, la comercializadora debe avisarte en la factura para que renueves la documentación. La renovación es automática si mantienes las mismas condiciones y aportas la documentación actualizada.
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5
El bono térmico llega solo. Una vez concedido el eléctrico, el térmico se abona en el primer trimestre del año siguiente sin ninguna gestión adicional por tu parte.
Preguntas frecuentes
Tengo tarifa libre. ¿Puedo pedir el bono social?
No directamente. Para acceder al bono social debes tener contratada la tarifa PVPC con una comercializadora de referencia. Si tienes tarifa libre, puedes cambiar a PVPC en cualquier momento contactando con tu comercializadora o con una de referencia. El cambio no tiene coste y, una vez en PVPC, puedes solicitar el bono.
¿El bono social se aplica aunque tenga el contador inteligente y consuma mucho?
Sí, pero con un límite. El descuento se aplica hasta un máximo de kilovatios-hora anuales bonificados que varía según el número de miembros del hogar. Por encima de ese tope, el consumo se factura al precio PVPC sin descuento. El límite estándar para una persona sola es de aproximadamente 1.380 kWh/año; para familias numerosas puede llegar a 2.760 kWh/año.
Mi pareja trabaja y yo no. ¿Sumamos los dos ingresos para el umbral?
Sí. La renta que se compara con el umbral es la suma de todos los ingresos anuales de los miembros adultos de la unidad de convivencia, no solo la del titular del contrato. Deben aportarse los datos fiscales de todos los adultos que conviven en el domicilio.
¿Cuánto tarda en aplicarse el descuento después de solicitarlo?
Una vez presentada y validada la documentación, la comercializadora dispone de un plazo para aplicar el descuento en la factura. En la práctica, suele verse reflejado en la siguiente factura mensual o a lo sumo en las dos siguientes. Guarda el justificante de la solicitud para reclamar si transcurre más tiempo.
¿El bono térmico es compatible con el bono social eléctrico?
Sí, son complementarios y totalmente compatibles. El bono térmico es una ayuda adicional que se concede automáticamente a todos los beneficiarios del bono eléctrico. No son excluyentes ni se compensan entre sí.
Tengo gas natural en casa. ¿Recibo el bono térmico aunque no tenga contratado el PVPC de gas?
Sí. El bono social térmico no está vinculado a ninguna tarifa de gas. Solo requiere ser beneficiario del bono social eléctrico a 31 de diciembre. El pago térmico compensa los gastos en calefacción independientemente del combustible usado: gas, butano, gasoil, pellets o electricidad.
¿Hasta cuándo están vigentes estos descuentos?
Los descuentos del 42,5% y el 57,5% han sido prorrogados hasta el 31 de diciembre de 2026 por el Real Decreto-ley 16/2025 (BOE del 24/12/2025). Sin una nueva prórroga, en 2027 los descuentos volverían a los niveles base del 25% (vulnerable) y el 40% (vulnerable severo) establecidos en el RD 897/2017.
Fuentes oficiales consultadas
- CNMC — Bono social eléctrico: requisitos, modalidades y comercializadoras de referencia fuente primaria
- Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre — Prórroga descuentos bono social eléctrico 2026 (BOE) fuente primaria
- Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre — Regulación del bono social eléctrico (BOE-A-2017-11505) fuente primaria
- Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre — Creación del bono social térmico (BOE) fuente primaria
- La Moncloa — RDL 2/2026: extensión de protecciones a consumidores vulnerables hasta 31/12/2026 fuente primaria
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encajame.esArtículo elaborado con los datos del Real Decreto 897/2017, el RDL 16/2025 (prórroga 2026) y la información oficial de la CNMC sobre el bono social eléctrico. Los descuentos del 42,5% y 57,5% están vigentes hasta el 31 de diciembre de 2026. Las cuantías del bono térmico son orientativas y las definitivas las publica el Ministerio para la Transición Ecológica mediante orden ministerial. Actualizado a mayo de 2026.
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