Ayuda de 115 €/mes por hijo menor de 3 años en 2026: el CAPI explicado desde cero
Se llama Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI), no "cheque bebé" ni "ayuda por hijo". Es parte del IMV pero puede cobrarse sin cobrar el IMV. En 2026 son 115 €/mes por cada menor de 3 años.
La ayuda que muchas familias conocen como "los 100 euros por hijo" ya no son 100 euros — en 2026 son 115 €/mes por menor de 3 años. Su nombre oficial es Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI), regulado en el artículo 11.6 de la Ley 19/2021 del IMV. Es una prestación del INSS vinculada al Ingreso Mínimo Vital, pero con una clave que pocos conocen: puede cobrarse sin cobrar el IMV. Si tus ingresos superan el umbral del IMV pero están por debajo del umbral del CAPI, puedes recibir el complemento aunque te hayan denegado la renta garantizada.
Las cuantías del CAPI en 2026: por tramo de edad
Menor de 3 años
115 €
por mes y por cada menor
1.380 €/año
De 3 a 6 años
80,50 €
por mes y por cada menor
966 €/año
De 6 a 18 años
57,50 €
por mes y por cada menor
690 €/año
Las cuantías se acumulan por cada menor. Si tienes un hijo de 2 años y otro de 9 años, cobras 115 + 57,50 = 172,50 €/mes. La edad se determina a 1 de enero de cada año: si tu hijo cumple 3 años en junio, sigue cobrando la cuantía de menor de 3 años hasta el 31 de diciembre.
El dato clave: puedes cobrar el CAPI sin cobrar el IMV
Esta es la información más importante y la que más familias desconocen. El CAPI tiene sus propios umbrales de renta, más amplios que los del IMV. Es posible que a tu familia le hayan denegado el IMV por superar el umbral de renta garantizada, pero aún así tenga derecho al CAPI si los ingresos están por debajo del umbral específico del complemento.
| Situación familiar | ¿Tiene derecho? | Condición |
|---|---|---|
| Familia que cobra el IMV | ✓ Sí, incluido automáticamente | El CAPI se incluye en la prestación total del IMV |
| Familia con ingresos por encima del IMV pero por debajo del 300% de la renta garantizada | ✓ Sí, solo el CAPI | Se solicita con el formulario del IMV. El INSS reconoce solo el CAPI |
| Familia con ingresos por encima del 300% de la renta garantizada | No — pero verifica | Supera el umbral del CAPI. No tiene derecho a esta prestación. |
Requisitos para cobrar el CAPI
| Requisito | Condición |
|---|---|
| Menores a cargo | Tener al menos un menor de 18 años que forme parte de la unidad de convivencia y esté empadronado en el mismo domicilio. |
| Residencia legal | Residencia legal en España durante al menos 1 año inmediatamente anterior a la solicitud (a diferencia del IMV, que exige 3 años). |
| Renta | Los ingresos computables de la unidad de convivencia en el ejercicio anterior no pueden superar el 300% de la renta garantizada del IMV correspondiente a su tipo de hogar. |
| Patrimonio | El patrimonio neto de la unidad no puede superar el 150% del umbral de patrimonio del IMV correspondiente. |
| Convivencia efectiva | El menor debe convivir con el solicitante. En casos de custodia compartida, cada progenitor puede solicitar el CAPI por los periodos de convivencia. |
Cómo solicitarlo
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1
Usa el simulador previo del INSS en imv.seg-social.es para estimar si tienes derecho y a qué cuantía. No requiere identificación y el resultado es orientativo.
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2
Presenta la solicitud del IMV en la sede electrónica de la Seguridad Social con Cl@ve, certificado digital o sin identificación electrónica (con fotografía de validación). También puedes acudir presencialmente al CAISS con cita previa.
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3
El INSS cruza los datos con la AEAT automáticamente. En la mayoría de casos no necesitas aportar documentación de ingresos si autorizas la consulta.
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4
La resolución indica qué se reconoce: puede ser IMV + CAPI, solo CAPI, o ninguno. Si solo te reconocen el CAPI y crees que tienes derecho al IMV completo, puedes recurrir la resolución.
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5
El CAPI se paga entre el día 1 y el 4 de cada mes, junto con el IMV si también lo cobras. Si solo cobras el CAPI (sin IMV), el pago se realiza en los mismos días.
Preguntas frecuentes
Me denegaron el IMV. ¿Puedo cobrar el CAPI igual?
Posiblemente sí. Si la denegación del IMV fue por superar el umbral de renta garantizada (pero no por otros motivos como falta de residencia o incumplimiento de requisitos generales), el INSS debería haber evaluado si tienes derecho al CAPI solo. Si la resolución no menciona el CAPI, puedes solicitar aclaración o recurso al INSS indicando expresamente que solicitas el complemento de ayuda para la infancia aunque se deniegue el IMV.
¿El CAPI tributa en el IRPF?
No. El Complemento de Ayuda para la Infancia está exento del IRPF, al igual que el Ingreso Mínimo Vital. No tienes que incluirlo en tu declaración de la renta.
¿Puedo cobrar el CAPI y la deducción por maternidad del IRPF a la vez?
Sí. Son mecanismos distintos: el CAPI es una prestación de la Seguridad Social y la deducción por maternidad es un beneficio fiscal de la AEAT. Son perfectamente compatibles.
Tengo la custodia compartida de mi hijo. ¿Puedo pedir el CAPI?
Sí, pero solo uno de los dos progenitores puede solicitarlo en cada unidad de convivencia. En custodia compartida, el criterio habitual es que lo solicite quien tenga el mayor tiempo de convivencia, aunque la normativa permite acuerdos entre progenitores. Si hay discrepancia, el INSS decide según los periodos de convivencia efectiva.
Fuentes oficiales consultadas
Contenido elaborado y verificado por el equipo de encajame.es — tu referencia en prestaciones sociales y ayudas públicas en España.
encajame.esArtículo elaborado con la Ley 19/2021 (IMV), el portal oficial del INSS y datos del Ministerio de Inclusión. Las cuantías del CAPI (115 €, 80,50 € y 57,50 €) son las vigentes en 2026. El CAPI puede solicitarse aunque se deniegue el IMV. Actualizado a mayo de 2026.
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