Plan MOVES III 2026: ayudas para comprar coche eléctrico o híbrido enchufable
El Plan MOVES III es el programa de ayudas del Gobierno para impulsar la compra de vehículos eléctricos e híbridos enchufables. Las subvenciones pueden llegar hasta 9.000 € si achatarras un vehículo antiguo al comprarlo. En 2026, el programa sigue activo aunque los fondos disponibles varían por comunidad autónoma. Aquí te explicamos quién puede pedirlo y cómo.
El Plan MOVES III es el tercer ciclo del programa de ayudas para la movilidad eficiente y sostenible, financiado por el Ministerio para la Transición Ecológica y gestionado por el IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía), con ejecución descentralizada en las comunidades autónomas. Está regulado por el Real Decreto 266/2021 y sus actualizaciones. El objetivo es acelerar la transición hacia la movilidad eléctrica subvencionando la compra de vehículos cero emisiones o de bajas emisiones a particulares, autónomos y empresas.
¿Qué vehículos subvenciona el Plan MOVES III?
Las ayudas se aplican a la compra de vehículos eléctricos e híbridos enchufables nuevos o de segunda mano (con condiciones), siempre que el precio de venta al público (PVP) no supere los límites establecidos:
| Tipo de vehículo | PVP máximo subvencionable |
|---|---|
| Turismo eléctrico de batería (BEV) | 45.000 € |
| Turismo híbrido enchufable (PHEV) con ≥40 km autonomía eléctrica | 45.000 € |
| Vehículo comercial ligero eléctrico | 45.000 € |
| Motocicleta / ciclomotor eléctrico | 10.000 € |
| Cuadriciclo eléctrico | 15.000 € |
| Autobús eléctrico | Sin límite de PVP (con módulos específicos) |
¿Cuánto se puede recibir?
Las cuantías varían según el tipo de vehículo y si se achatarrra un vehículo antiguo:
Para turismos y vehículos comerciales ligeros
| Caso | Sin achatarramiento | Con achatarramiento |
|---|---|---|
| Particulares y autónomos | 4.500 € | 7.000 € |
| Particulares con renta < 2,5 IPREM (< 18.000 €/año) | 7.000 € | 9.000 € |
| Empresas y personas jurídicas | 4.500 € | 7.000 € |
Para motocicletas y ciclomotores eléctricos
| Caso | Sin achatarramiento | Con achatarramiento |
|---|---|---|
| Particulares | 750 € | 1.100 € |
| Particulares con renta < 2,5 IPREM | 1.100 € | 1.400 € |
Los importes exactos pueden variar según la convocatoria autonómica actualizada. Algunas CCAA añaden fondos propios adicionales.
¿Qué es el achatarramiento y es obligatorio?
El achatarramiento consiste en dar de baja definitiva un vehículo antiguo (de más de 7 años de antigüedad para turismos) en el momento de comprar el nuevo vehículo eléctrico. Aportar un vehículo a achatarrar no es obligatorio para recibir la ayuda base, pero aumenta considerablemente la subvención (entre 2.500 y 3.000 € más según el caso).
El vehículo achatarrrado debe:
- Estar matriculado en España a nombre del solicitante o de cualquier miembro de su unidad familiar
- Tener una antigüedad mínima de 7 años para turismos y vehículos comerciales
- Estar dado de baja definitiva en la DGT en el momento de la compra o dentro del plazo establecido
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Los beneficiarios del Plan MOVES III son:
- Personas físicas (particulares) con residencia legal en España
- Autónomos y personas físicas con actividad económica
- Pymes y empresas (personas jurídicas) con domicilio social en España
- Administraciones públicas y entidades sin ánimo de lucro
Requisito común: el vehículo adquirido debe matricularse en España y mantenerse en el patrimonio del beneficiario durante al menos 2 años desde la compra (sin venderlo ni cederlo antes de ese plazo).
Cómo solicitar la ayuda: el proceso
- 1
Verifica que hay fondos disponibles en tu CCAA
Las ayudas se solicitan en la comunidad autónoma donde vayas a matricular el vehículo. Cada CCAA gestiona su propio presupuesto asignado por el IDAE. Consulta el portal de tu CCAA o el del IDAE para saber si la convocatoria está abierta y cuánto presupuesto queda disponible.
- 2
Reserva el vehículo o realiza la compra
Puedes solicitar la ayuda antes o después de comprar, según la CCAA. En muchos casos, el concesionario tramita directamente la solicitud y descuenta la ayuda en el momento de la compra, encargándose de toda la gestión burocrática. Es la opción más cómoda.
- 3
Presenta la solicitud ante la CCAA
Si lo haces tú mismo, necesitas: solicitud firmada, DNI/NIF, factura de compra del vehículo, ficha técnica, certificado de baja definitiva si hay achatarramiento, IBAN y —si optas al tramo de renta baja— declaración de la renta o certificado de la AEAT.
- 4
Resolución y cobro
La CCAA resuelve habitualmente en 1-4 meses. El pago se realiza directamente al beneficiario en la cuenta bancaria indicada, o al concesionario si así se acordó. En ningún caso debes pagar la subvención de tu bolsillo y luego reclamarla: el concesionario la descuenta directamente.
¿El Plan MOVES III es compatible con otras ayudas?
El Plan MOVES III no es acumulable con otras ayudas europeas que tengan el mismo objeto (compra del mismo vehículo). Sin embargo, sí puede ser compatible con:
- Beneficios fiscales por vehículos eléctricos (reducción en el Impuesto de Matriculación — que está al 0 % para eléctricos puros, y reducción en ITP para segunda mano)
- Deducciones autonómicas del IRPF para compra de vehículo eléctrico (que tienen varias CCAA)
- Reducciones en el Impuesto de Circulación municipal (muchos ayuntamientos aplican bonificaciones del 75-100 %)
El Plan MOVES III vs. Plan Auto Plus
Es importante no confundirlos:
- Plan MOVES III (RD 266/2021): el programa original de ayudas directas a la compra. Sigue activo con fondos Next Generation EU.
- Plan Auto Plus (medida más reciente): bonificación al fabricante / concesionario para bajar precio de venta en el punto de venta, diferente mecanismo. Pueden coexistir.
Consulta qué programas están activos en el momento de tu compra, ya que pueden cambiar con nuevos presupuestos o decretos.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir el MOVES III si compro un coche eléctrico de segunda mano?
Sí, hay una línea para vehículos de ocasión eléctricos, con importes menores que para vehículos nuevos y con condiciones adicionales (el vehículo debe haberse matriculado por primera vez como eléctrico, estar en buenas condiciones y tener garantía del vendedor). Las cuantías y condiciones exactas varían por CCAA.
¿El concesionario me puede descontar la ayuda en el momento de comprar?
Sí. En muchas comunidades autónomas, los concesionarios están habilitados para tramitar la ayuda y descontarla directamente en la factura. Tú pagas el precio menos la subvención y el concesionario recupera el importe de la CCAA. Es la opción más cómoda.
¿Qué pasa si vendo el coche antes de 2 años?
Si vendes o transfieres el vehículo dentro de los 2 años posteriores a la compra, deberás devolver la subvención íntegramente. El período de permanencia obligatoria es una condición esencial de la ayuda.
¿Los autónomos pueden pedir el MOVES III para un furgón de reparto?
Sí. Los vehículos comerciales ligeros eléctricos (hasta 3.500 kg de MMA) están incluidos en el programa. Los autónomos pueden solicitar la ayuda para furgones de reparto eléctricos, con las mismas cuantías que para turismos.
Fuentes oficiales consultadas
Artículo elaborado con datos del IDAE y el BOE vigentes en 2026. Los fondos disponibles varían por CCAA y pueden agotarse. Para conocer el estado de la convocatoria en tu comunidad, consulta el portal del IDAE o la consejería de medio ambiente/economía de tu CCAA.
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