Resolución de 28 de abril de 2026, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convocan ayudas a la investigación en el año 2026.
AUTONOMICACASTILLA-LA MANCHA
Ayudas a la investigación convocadas por el Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha en 2026, con un presupuesto total de 103.000€. Dirigidas a entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones, centros de investigación) para proyectos de investigación en igualdad y género.
El Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha convoca ayudas a la investigación para el año 2026 mediante concurrencia competitiva.
El objetivo es financiar proyectos de investigación realizados por entidades sin ánimo de lucro. El presupuesto total disponible es de 103.000€, repartido entre las solicitudes que cumplan los requisitos y resulten seleccionadas.
Los beneficiarios son personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, como asociaciones, fundaciones, centros de investigación universitarios o institutos públicos de investigación. Las entidades con ánimo de lucro no pueden acceder a esta convocatoria.
El plazo para presentar solicitudes comprende del 12 de mayo al 10 de junio de 2026. Se trata de veinte días hábiles a contar desde la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM).
Las bases reguladoras se establecen en la Orden 40/2023, de 23 de febrero, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, que detalla los requisitos, criterios de valoración, documentación necesaria y plazos de justificación de los gastos.
Revisa la Orden 40/2023 de la Consejería de Igualdad y Portavoz para conocer los requisitos de elegibilidad, criterios de valoración, documentación requerida y plazos de justificación.
Elabora la memoria técnica del proyecto de investigación, presupuesto desglosado y documentación de la entidad (estatutos, CIF, datos bancarios, etc.) según lo especificado en las bases.
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Presentar solicitud en sede electrónica
Tramita la solicitud en la sede electrónica del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha entre el 12 de mayo y el 10 de junio de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Solo entidades sin ánimo de lucro: asociaciones, fundaciones, centros de investigación universitarios, institutos públicos de investigación. Las empresas y entidades con ánimo de lucro no pueden acceder.
¿Cuál es el importe máximo por proyecto?
El texto fuente no especifica el importe individual máximo. Consulta las bases reguladoras (Orden 40/2023) para conocer los topes por proyecto.
¿Cuál es el plazo para solicitar?
El plazo comprende del 12 de mayo al 10 de junio de 2026 (veinte días hábiles desde la publicación en el DOCM).
¿Es necesario certificado digital?
Sí. La solicitud se tramita en sede electrónica, por lo que es necesario certificado digital o equivalente para la firma.
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