SUBVENCIÓN ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PROYECTOS AMBIENTALES 2026
AUTONOMICACOMUNIDAD DE MADRID
Subvención de 500.000€ de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid para financiar proyectos ambientales en 2026. Dirigida a entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones, ONG) interesadas en iniciativas medioambientales.
La Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid convoca subvenciones dirigidas a entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de proyectos ambientales durante 2026.
Esta es una convocatoria competitiva: las solicitudes que cumplan los requisitos se ordenarán según los criterios de evaluación y se financiarán de mayor a menor puntuación hasta agotar el presupuesto disponible.
El presupuesto total de la convocatoria asciende a 500.000€, que será distribuido entre los proyectos evaluados favorablemente.
Pueden presentar solicitud asociaciones, fundaciones, ONG y otras entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas. El proyecto debe dirigirse a la mejora o protección del medio ambiente en alguno de sus aspectos.
El plazo de solicitud comienza el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid en forma de extracto, y se extiende durante 10 días hábiles desde ese inicio.
Las bases reguladoras (publicadas en el BOCM de 26 de julio de 2024) detallan los requisitos de elegibilidad, gastos subvencionables, criterios de evaluación, documentación obligatoria y los plazos de justificación posterior de gastos.
Información oficial
Organismo
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
Revisa el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 26 de julio de 2024 para conocer en detalle los requisitos, gastos elegibles, criterios de evaluación y documentación obligatoria.
Redacta la memoria del proyecto ambiental indicando objetivos, actividades, presupuesto desglosado y resultados esperados. Recopila toda la documentación solicitada en las bases.
3
Presentar solicitud en el plazo establecido
Tramita la solicitud electrónica dentro del plazo de 10 días hábiles que comienza el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOCM.
4
Justificar gastos tras la resolución
Una vez recibida la resolución de subvención, deberás justificar la ejecución del proyecto mediante facturas, nóminas y documentación acreditativa del gasto según los plazos establecidos en las bases.
Preguntas frecuentes
¿Qué tipos de entidades pueden solicitar esta subvención?
Entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas: asociaciones, fundaciones, ONG y otras personas jurídicas que no realicen actividad económica.
¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud?
El plazo comienza el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y se extiende durante 10 días hábiles.
¿Cuánto dinero puedo recibir por mi proyecto?
El importe individual no viene especificado en el texto disponible. Las bases reguladoras detallan los límites máximos y criterios de distribución del presupuesto total de 500.000€.
¿Es una convocatoria abierta o nominativa?
Es una convocatoria abierta en concurrencia competitiva. Los proyectos se evalúan según criterios definidos en las bases, y la subvención se concede ordenadamente por puntuación.
¿Qué tengo que hacer después de recibir la subvención?
Ejecutar el proyecto según lo aprobado y justificar todos los gastos realizados mediante documentación acreditativa (facturas, nóminas, etc.) dentro de los plazos que fijan las bases reguladoras.
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