Certificado digital y Cl@ve: cómo conseguirlos y cuál necesitas para cada trámite
Es la barrera silenciosa de la Administración electrónica: mucha gente descubre que tiene derecho a una ayuda, entra a pedirla… y se encuentra con que necesita una identificación digital que no tiene. Esta guía explica cuál te hace falta y cómo conseguirla.
Casi todas las ayudas y obligaciones fiscales de este país se tramitan hoy por internet. Y para entrar hace falta acreditar quién eres. Hay tres formas de hacerlo, y no sirven para lo mismo.
3 vías
certificado digital, Cl@ve y DNI electrónico
Gratis
las tres, sin coste para el ciudadano
1 vez
hay que acreditar la identidad presencialmente o por vídeo
Empresas
solo el certificado sirve para actuar como sociedad
Las tres opciones, y para qué sirve cada una
1. Certificado digital (FNMT)
Es un archivo que se instala en tu navegador u ordenador y te identifica ante cualquier administración. Es el más completo: sirve para todo, incluidos los trámites que Cl@ve no cubre.
- Ventaja: acceso universal. Presentar impuestos, firmar documentos, actuar en nombre de una empresa.
- Inconveniente: está atado al dispositivo donde lo instales (aunque se puede exportar con contraseña) y caduca — hay que renovarlo.
2. Cl@ve PIN
Un código de un solo uso que recibes en el móvil cada vez que entras. Pensado para trámites puntuales.
- Ventaja: no instalas nada, funciona desde cualquier dispositivo.
- Inconveniente: caduca a los pocos minutos y hay que pedir uno nuevo cada vez. No sirve para empresas.
3. Cl@ve Permanente
Un usuario y una contraseña fijos, reforzados con un código por SMS. Es el punto medio.
- Ventaja: cómodo para quien entra a menudo.
- Inconveniente: para los trámites de más nivel de seguridad exige igualmente el SMS, y tampoco sirve para actuar como sociedad.
Cómo obtener el certificado digital, paso a paso
El proceso tiene una parte que sorprende a mucha gente: hay que hacerlo todo desde el mismo ordenador y el mismo navegador, sin formatear ni limpiar el equipo entre medias.
- Entra en la sede de la FNMT y solicita el certificado de persona física. Necesitas tu DNI, tu primer apellido y un correo electrónico.
- Recibes un código de solicitud por email. Guárdalo: es imprescindible.
- Acredita tu identidad. Aquí hay dos caminos:
- Presencialmente, con cita previa, en una oficina de registro (Seguridad Social, Agencia Tributaria, muchos ayuntamientos).
- Por vídeollamada o con el DNI electrónico, si tu DNI está activado y tienes lector.
- Descarga e instala el certificado en el mismo equipo y navegador desde el que hiciste la solicitud.
- Haz una copia de seguridad exportándolo con contraseña. Si se te estropea el ordenador sin copia, vuelta a empezar.
Cómo darse de alta en Cl@ve
Cl@ve también exige acreditar la identidad una vez, pero es un proceso más ligero:
- Por carta: pides el registro y la Administración te envía una carta de invitación al domicilio fiscal con un código. Tarda unos días.
- Presencialmente, con cita previa en una oficina de registro. Este método da el registro avanzado.
- Con certificado digital o DNIe, al momento.
Qué trámites necesitan cada cosa
| Trámite | Qué te sirve |
|---|---|
| Presentar la declaración de la renta | Certificado, Cl@ve PIN o Cl@ve Permanente |
| Presentar impuestos como autónomo (303, 130…) | Certificado o Cl@ve |
| Actuar en nombre de una sociedad | Solo certificado (de representante) |
| Solicitar el Ingreso Mínimo Vital | Certificado o Cl@ve |
| Vida laboral e informes de la Seguridad Social | Certificado o Cl@ve |
| Firmar documentos electrónicamente | Solo certificado |
| Ayudas con registro avanzado (p. ej. Bono Cultural Joven) | Certificado o Cl@ve avanzada |
Y una excepción que conviene conocer
No todo exige identificación digital. Hay trámites relevantes que se pueden hacer sin certificado ni Cl@ve, rellenando un formulario como cualquier otro: es el caso del Programa de Termalismo del IMSERSO, que se solicita online sin identificación electrónica y también admite presentación en papel.
Y siempre queda la vía presencial: la Administración está obligada a atender a quien no puede o no quiere usar medios electrónicos. Si te bloqueas, pedir cita en una oficina sigue siendo una opción legítima.
Fuentes consultadas
Guía elaborada a partir de la información publicada por la FNMT-RCM y el sistema Cl@ve, y de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común. Los procedimientos de obtención pueden variar ligeramente según la oficina de registro y el navegador utilizado; consulta siempre las instrucciones vigentes en la sede de la FNMT antes de iniciar el trámite. Actualizado a agosto de 2026.
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