Cuotas de autónomos 2026: sistema por ingresos reales y tramos RETA
Desde enero de 2023, los autónomos ya no eligen libremente su base de cotización a la Seguridad Social: cotizan según sus ingresos reales netos, dentro de una tabla de 15 tramos. En 2026, tercer año de aplicación del nuevo sistema, las cuotas han aumentado ligeramente respecto a 2025 pero los tramos inferiores siguen siendo más bajos que antes para los que ganan poco, y los superiores más altos. Esta guía explica la tabla actualizada, cómo calcular tu cuota, la tarifa plana para nuevos autónomos y cómo funciona la regularización anual.
200 €
cuota mínima RETA 2026 (tramo 1, ingresos netos <670 €/mes)
590 €
cuota máxima RETA 2026 (tramo 15, ingresos netos >6.000 €/mes)
225 €
cuota reducida de nueva incorporación (primer año; segundo año 125 € de descuento adicional)
15
tramos de cotización según ingresos netos previstos anuales
¿Quieres calcular tu cuota exacta? La Calculadora de cuota autónomo RETA 2026 te muestra tu tramo, la cuota mensual estimada y el coste anual en segundos. Incluye la opción de tarifa plana para nuevos autónomos.
Cómo funciona el sistema de ingresos reales
El cambio aprobado en 2022 (en vigor desde 2023) vincula la cuota del RETA a los ingresos netos del autónomo, con un sistema de tramos progresivo. El proceso tiene tres fases:
- 1 Previsión de ingresos al inicio del año: el autónomo declara a la Seguridad Social qué rendimientos netos espera obtener en el año. A partir de esa previsión se asigna un tramo y se calcula la cuota mensual provisional.
- 2 Ajustes a lo largo del año: si los ingresos cambian significativamente, el autónomo puede modificar su base de cotización hasta 6 veces al año (en los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre). El ajuste tiene efecto desde el primer día del mes siguiente.
- 3 Regularización anual: una vez que la AEAT comunica a la SS los rendimientos reales del ejercicio (datos del IRPF), la SS regulariza la cotización. Si cotizaste de más, te devuelven; si cotizaste de menos, te cobran la diferencia.
Tabla de tramos RETA 2026
| Tramo | Rendimientos netos anuales | Rendimientos netos mensuales | Cuota mensual (aprox.) |
|---|---|---|---|
| 1 | Hasta 8.040 € | Hasta 670 € | ~200 € |
| 2 | 8.040 – 8.700 € | 670 – 725 € | ~211 € |
| 3 | 8.700 – 10.800 € | 725 – 900 € | ~225 € |
| 4 | 10.800 – 12.600 € | 900 – 1.050 € | ~243 € |
| 5 | 12.600 – 14.400 € | 1.050 – 1.200 € | ~265 € |
| 6 | 14.400 – 16.800 € | 1.200 – 1.400 € | ~285 € |
| 7 | 16.800 – 19.200 € | 1.400 – 1.600 € | ~310 € |
| 8 | 19.200 – 21.600 € | 1.600 – 1.800 € | ~330 € |
| 9 | 21.600 – 24.000 € | 1.800 – 2.000 € | ~350 € |
| 10 | 24.000 – 26.400 € | 2.000 – 2.200 € | ~370 € |
| 11 | 26.400 – 28.800 € | 2.200 – 2.400 € | ~390 € |
| 12 | 28.800 – 36.000 € | 2.400 – 3.000 € | ~420 € |
| 13 | 36.000 – 48.000 € | 3.000 – 4.000 € | ~480 € |
| 14 | 48.000 – 72.000 € | 4.000 – 6.000 € | ~530 € |
| 15 | Más de 72.000 € | Más de 6.000 € | ~590 € |
Cómo se calculan los rendimientos netos
El rendimiento neto que determina el tramo es el resultado de:
Cálculo del rendimiento neto para determinar el tramo RETA
Ingresos brutos de la actividad
− Gastos fiscalmente deducibles (los que computan en el IRPF)
− 7% de deducción adicional por gastos de difícil justificación (autónomos en estimación directa simplificada)
= Rendimiento neto anual → determina el tramo de cotización
Tarifa plana para nuevos autónomos
Los nuevos autónomos que se dan de alta por primera vez (o que llevan más de 2 años sin estar dados de alta) pueden acogerse a la cuota reducida de incorporación:
Primer año
225 €/mes
Cuota fija durante los primeros 12 meses, independientemente de los ingresos reales.
Segundo año (si ingresos < SMI)
100 € desc.
Los meses del segundo año en que los ingresos queden por debajo del SMI, se aplica una reducción adicional de 100 €.
Bonificaciones especiales
| Colectivo | Bonificación |
|---|---|
| Pluriactividad (también trabaja por cuenta ajena) | 50% de reducción en la cuota RETA durante los primeros 18 meses + 25% los siguientes 18 meses |
| Autónomos con discapacidad ≥33% | Cuota reducida de 225 € durante 5 años (renovable) |
| Víctimas de violencia de género | Cuota reducida durante 2 años sin límite de ingresos |
| Colaboradores familiares (cónyuge, hijos) | Reducción del 50% los primeros 18 meses |
| Autónomos en Ceuta y Melilla | Reducción del 50% en la cuota de forma indefinida |
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si declaro menos ingresos de los reales para pagar menos cuota?
Al final del año, la Seguridad Social recibe los datos del IRPF presentado a la AEAT y compara los ingresos declarados con la base de cotización elegida. Si los ingresos reales superan el tramo por el que has cotizado, la SS te notificará la diferencia y tendrás que pagarla (más intereses de demora si supera cierto umbral). No hay sanción automática por haber estimado menos, siempre que regularices cuando toca. Pero declarar ingresos conscientemente inferiores a los reales es infracción de Seguridad Social.
¿Las cuotas del RETA son gasto deducible en el IRPF?
Sí, íntegramente. Las cuotas pagadas al RETA durante el año son un gasto deducible en la actividad económica del autónomo (estimación directa) o deducción específica en módulos. Se incluyen en el apartado de "Seguridad Social" del libro de gastos y reducen directamente el rendimiento neto de la actividad antes de calcular el IRPF a pagar. Esto supone un ahorro fiscal real: si tributas al marginal del 30%, cada euro de cuota del RETA te ahorra 0,30 € de IRPF.
Si tengo un mes sin ingresos, ¿puedo pedir la cuota cero?
No existe una cuota cero en el RETA ordinario. La cuota mínima es la correspondiente al tramo 1 (~200 €), incluso si ese mes no has facturado nada. Lo que sí puedes hacer es cambiar la base de cotización hasta 6 veces al año para adaptarla a tus previsiones reales. Si la actividad cesa completamente (no temporalmente), la solución es darse de baja en el RETA. La baja surte efectos desde el primer día del mes siguiente a la solicitud.
¿Cómo afecta el nuevo sistema a las futuras pensiones?
El nuevo sistema de cotización por ingresos reales debería resultar en pensiones más acordes con los ingresos reales del autónomo. Antes, la inmensa mayoría de autónomos cotizaba por la base mínima para pagar menos, lo que generaba pensiones muy bajas. Ahora, quien gana más cotiza más y tendrá derecho a una pensión mayor. Sin embargo, el efecto real se verá en el largo plazo: los autónomos que ya están cerca de la jubilación difícilmente podrán aumentar su base de forma significativa para mejorar la pensión (hace falta cotizar durante años para que tenga impacto relevante).
Fuentes oficiales consultadas
Artículo elaborado con datos de la Seguridad Social y el RD-Ley 13/2022. Actualizado a junio de 2026. Las cuotas exactas de 2026 pueden variar hasta la publicación definitiva de la Ley de Presupuestos; verifica los importes en importass.seg-social.es antes de declarar tu previsión de ingresos.
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