IAE: Impuesto de Actividades Económicas — quién está exento y cómo funciona
El IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) es un impuesto municipal que grava el ejercicio de cualquier actividad empresarial, profesional o artística. Sin embargo, desde 2003, están exentos los autónomos y las sociedades cuyo importe neto de cifra de negocios sea inferior a 1.000.000 €. En la práctica, esto significa que la gran mayoría de autónomos y pymes no pagan cuota alguna, aunque sí deben cumplir con la obligación de darse de alta en el censo de actividades.
1 M €
umbral de facturación por debajo del cual existe exención total del IAE (art. 82.1.c LRHL)
2 años
período de exención adicional para nuevas actividades: los 2 primeros años de ejercicio
036/037
modelos para el alta, modificación y baja censal (incluyen la declaración del epígrafe de IAE)
Epígrafe
cada actividad tiene un código (epígrafe) en las Tarifas del IAE que determina la cuota teórica
Quién está exento del IAE
| Sujeto | ¿Exento? | Condición |
|---|---|---|
| Personas físicas (autónomos) | ✅ Siempre | Las personas físicas están exentas del IAE por definición (art. 82.1.b LRHL), independientemente de sus ingresos |
| Pymes y empresas con facturación <1M€ | ✅ Exentas | Importe neto de cifra de negocios del ejercicio anterior inferior a 1.000.000 € (art. 82.1.c LRHL) |
| Empresas con facturación >1M€ | 🚫 Pagan IAE | Deben tributar según la cuota de las Tarifas del IAE, más el coeficiente de ponderación y el coeficiente de situación |
| Actividades de nueva creación (todos) | ✅ Exentas 2 años | El ejercicio de alta y los 2 siguientes están exentos para cualquier sujeto |
| Entes públicos, organismos estatales | ✅ Siempre exentos | Por su naturaleza pública |
La obligación de declarar aunque no se pague
Aunque la mayoría de autónomos y pymes no pagan cuota del IAE, sí tienen obligación de declarar el alta (y las modificaciones y bajas) ante la AEAT. Esta declaración se hace mediante los modelos 036 o 037 y es lo que determina el epígrafe de IAE de la actividad.
Cómo están organizados los epígrafes del IAE
Las Tarifas del IAE tienen tres secciones:
Sección 1.ª — Actividades empresariales
Industria, comercio y servicios: fabricantes, mayoristas, minoristas, hostelería, transporte, construcción, bancos, seguros. Ejemplos: epígrafe 661 (comercio menor de alimentación), 501.1 (construcción), 641 (hostelería).
Sección 2.ª — Actividades profesionales
Ejercicio libre de profesiones liberales: médicos (731), abogados (731), economistas (725), arquitectos (701), ingenieros, asesores fiscales, consultores. Las actividades profesionales están sujetas a retención de IRPF.
Sección 3.ª — Actividades artísticas
Escritores, actores, músicos, pintores, diseñadores gráficos y artistas en general cuando la actividad tiene carácter artístico. Muchas de estas actividades también están sujetas a retención.
Cómo se calcula el IAE para quien sí lo paga
Para empresas que superan el millón de euros de facturación:
Cuota IAE para grandes empresas (facturación >1M€)
Cuota de tarifa = Cuota según las Tarifas del IAE (fijada por RD 1175/1990)
× Coeficiente de ponderación (según la cifra de negocios: 1,29 a 1,35)
× Coeficiente de situación (según la calle donde esté el local, 0,4–3,8 según municipio)
= Cuota municipal del IAE a pagar
Alta, modificación y baja en el IAE
- 1 Alta (modelo 036 o 037): se presenta antes del inicio de la actividad. Hay que indicar el epígrafe de IAE de la actividad principal (y de las secundarias, si las hay). Si hay dudas sobre el epígrafe correcto, la Sede de la AEAT tiene un buscador de tarifas del IAE.
- 2 Modificación: si cambias de actividad, añades una nueva o abres un nuevo local, debes presentar un 036/037 de modificación indicando los cambios. La modificación del epígrafe puede afectar al tipo de retención aplicable y al régimen de IVA.
- 3 Baja: al cesar la actividad, se presenta el 036/037 de baja. Sin esta baja formal, la AEAT puede seguir considerando que la actividad está en curso, con las obligaciones tributarias correspondientes.
Preguntas frecuentes
Soy autónomo con menos de 1M€ de ingresos. ¿Tengo que hacer algo con el IAE?
Sí, aunque no pagues cuota. Debes declarar el alta en el IAE mediante el modelo 036 o 037 al darte de alta como autónomo. Ese trámite identifica tu actividad y el epígrafe correspondiente. La AEAT lo registra en el censo. Si cambias de actividad, debes notificarlo con una modificación del 036/037. La omisión de estas declaraciones censales (aunque no generen pago de IAE) puede sancionarse con multas de 200 € por incumplimiento de la obligación censal.
Tengo dos actividades distintas. ¿Necesito un epígrafe de IAE para cada una?
Sí, si son actividades clasificadas en epígrafes distintos. Si como diseñadora freelance también impartes cursos de diseño, la actividad de diseño puede estar en un epígrafe y la de formación en otro. La declaración censal (036/037) permite indicar varios epígrafes. Ten en cuenta que las actividades secundarias que sean accesorias a la principal y se realicen en el mismo local pueden englobarse bajo el mismo epígrafe en algunos casos, pero es mejor consultarlo con tu asesor para no tener problemas de clasificación.
¿El IAE afecta a si me aplican retención de IRPF en las facturas?
Sí, indirectamente. La retención de IRPF en facturas de actividades económicas depende de si la actividad está clasificada como "profesional" (sección 2.ª y 3.ª del IAE) o como "empresarial" (sección 1.ª). Las actividades profesionales están sujetas a retención del 15% (o 7% en los primeros años). Las actividades empresariales clasificadas en la sección 1.ª en general no están sujetas a retención, salvo excepciones específicas (actividades de transporte, arrendamiento de bienes…). Por eso, elegir bien el epígrafe desde el inicio es importante.
¿La empresa que supera 1M€ tiene que buscar su propio epígrafe en cada municipio?
Sí. Cuando una empresa supera el umbral y empieza a tributar efectivamente por IAE, la cuota se determina por municipio: tiene que presentar una declaración de alta específica en cada ayuntamiento donde tenga locales o ejerza la actividad y obtener la cuota correspondiente al coeficiente de situación de ese municipio. La gestión tributaria del IAE para grandes empresas la coordina la AEAT (declaración censal) pero la recaudación la realiza cada ayuntamiento. Para empresas con presencia en múltiples municipios, la gestión del IAE puede ser compleja y suele llevarse por asesores especializados.
Fuentes oficiales consultadas
Artículo elaborado con datos de la LRHL y las Tarifas del IAE. Actualizado a junio de 2026. Si tienes dudas sobre qué epígrafe corresponde a tu actividad, consúltalo en el buscador de actividades de la Sede Electrónica de la AEAT o con tu asesor fiscal.
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