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LRHL Arts. 92–99 · Impuesto municipal sobre vehículos Vigente 2025 encajame.es

IVTM: el impuesto de circulación de vehículos — cuánto se paga y bonificaciones

El IVTM (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica), conocido popularmente como "impuesto de circulación", es un impuesto municipal anual que paga el titular de cualquier vehículo apto para circular por la vía pública. Se paga en el municipio donde el vehículo está matriculado. Los ayuntamientos pueden multiplicar la tarifa legal base por un coeficiente de hasta 2, lo que explica por qué el mismo coche paga el doble en Madrid que en un pueblo pequeño.

1 ene

fecha de devengo: quien figure como titular del vehículo el 1 de enero paga el impuesto anual completo

×2

coeficiente máximo que puede aplicar el ayuntamiento sobre la tarifa base estatal

100%

bonificación máxima para vehículos eléctricos (puede llegar al 100% según el municipio)

CV

la cuota depende de la potencia fiscal en caballos de vapor (CV), no de la potencia real del motor


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Quién paga y cuándo

El IVTM lo paga la persona (física o jurídica) que figure como titular del vehículo en el Registro de Vehículos de la DGT a fecha 1 de enero de cada año. Si vendes un coche en marzo, el comprador no paga el IVTM de ese año (ya lo has pagado tú); si lo compras nuevo en octubre, pagas solo los meses que quedan (hay prorrateo por trimestres).

Cada municipio establece su propio período de pago voluntario, habitualmente entre marzo y junio de cada año. Fuera de ese período, se aplican recargos o el impuesto entra en ejecutiva.


Cómo se calcula: la tarifa base y el coeficiente municipal

La tarifa base (mínima legal) la establece la LRHL en función del tipo de vehículo y su potencia fiscal:

Turismos (potencia fiscal en caballos de vapor CV)

Potencia fiscalCuota mínima legal
Hasta 8 CV25,24 €/año
De 8,01 a 11,99 CV68,17 €/año
De 12 a 15,99 CV143,88 €/año
De 16 a 19,99 CV179,22 €/año
20 CV o más224,00 €/año

Motos, camiones y autobuses

Tipo de vehículoCuota mínima legal
Motocicletas hasta 125 cc6,29 €/año
Motocicletas de 125 a 250 cc10,78 €/año
Motocicletas de 250 a 500 cc21,58 €/año
Motocicletas de 500 a 1.000 cc43,16 €/año
Motocicletas de más de 1.000 cc86,32 €/año
Camión hasta 1.000 kg carga68,17 €/año
Autobús hasta 21 plazas138,86 €/año

El coeficiente municipal

Cada ayuntamiento puede multiplicar la cuota mínima por un coeficiente de 1 a 2. En la práctica, los municipios grandes aplican coeficientes más altos:

Madrid

×2

coeficiente máximo

Barcelona

×2

coeficiente máximo

Municipios pequeños

×1

cuota mínima


Bonificaciones del IVTM

Tipo de bonificaciónCarácterPorcentaje
Vehículos eléctricos puros (0 emisiones)Optativo del municipioHasta 100% (muchos municipios grandes lo aplican)
Vehículos híbridos enchufables (PHEV)OptativoHasta 75% según municipio
Vehículos de gas (GLP, GNC)OptativoHasta 75% según municipio
Vehículos históricos (>30 años de antigüedad)OptativoHasta 100%
Vehículos con dispositivos de seguridad reconocidosOptativoVariable
Vehículos eléctricos: muchos municipios grandes (Madrid, Barcelona, Valencia…) aplican bonificaciones del 75-100% del IVTM para vehículos eléctricos. Estas bonificaciones hay que solicitarlas al ayuntamiento con documentación que acredite el tipo de vehículo (ficha técnica, certificado del fabricante). Sin solicitud, no se aplican automáticamente.

Qué pasa si no se paga el IVTM

Si no se paga en el período voluntario, el ayuntamiento inicia el procedimiento ejecutivo:

  • ⚠️Providencia de apremio: se añade un recargo del 20% sobre la deuda pendiente.
  • ⚠️Embargo: puede embargarse la cuenta bancaria o, en última instancia, el propio vehículo.
  • ⚠️Problemas en la ITV: algunos ayuntamientos comunican las deudas de IVTM a los centros de ITV. Si el impuesto está impagado, puede complicarse la renovación de la tarjeta de ITV (aunque no es automático).
  • ⚠️Venta con deuda: el IVTM impagado genera una deuda que va con el vehículo y que el comprador puede "heredar" si no lo verifica. Antes de comprar un vehículo de segunda mano, es recomendable pedir un certificado de estar al corriente en el ayuntamiento.

Preguntas frecuentes

He vendido el coche en febrero. ¿Tengo que pagar el IVTM de este año entero?

Técnicamente sí, porque el devengo es el 1 de enero y el titular ese día eras tú. Sin embargo, cuando un vehículo se da de baja definitiva (baja de circulación) o se transmite, la LRHL establece que se puede pedir una devolución proporcional al tiempo que no has sido titular. En la práctica, muchos ayuntamientos no aceptan la devolución automática y hay que solicitarla expresamente. Si vendes el coche en febrero, puedes negociar con el comprador que te pague la parte proporcional o deducirla del precio de venta.

¿Cómo sé cuántos CV fiscales tiene mi coche para calcular el IVTM?

La potencia fiscal en caballos de vapor (CV) no es la potencia real del motor: es una unidad administrativa calculada a partir de la cilindrada y el número de cilindros según una fórmula específica. Aparece en la ficha técnica del vehículo (permiso de circulación) y en el recibo del IVTM del año anterior. También puedes consultarla en el portal del ayuntamiento donde está matriculado el vehículo o directamente con la DGT. El recibo del IVTM siempre indica la potencia fiscal aplicada.

¿Pueden embargar mi coche por impago del IVTM?

Sí, aunque es el último recurso. El proceso es: primero se intenta el embargo de cuentas bancarias; si no hay fondos suficientes, se puede embargar el vehículo. El embargo del vehículo implica una anotación preventiva en el Registro de Vehículos de la DGT que impide su transmisión. Si la deuda no se cancela, el ayuntamiento puede sacar el vehículo a subasta pública. La cuantía típica del IVTM (60–450 € anuales) rara vez justifica llegar a este extremo para el ayuntamiento, pero con varios años de impago acumulados la deuda puede crecer significativamente con los recargos e intereses.

Si tengo un coche histórico de más de 30 años, ¿tengo que pagar IVTM?

Depende del municipio. La LRHL permite una bonificación de hasta el 100% para vehículos históricos de más de 30 años de antigüedad, pero esta bonificación es optativa de cada ayuntamiento. Si tu municipio la tiene aprobada, debes solicitarla con el certificado que acredite la antigüedad del vehículo (ficha técnica original o registro de vehículo histórico). Algunos municipios la conceden automáticamente en el primer año y la renuevan anualmente; otros exigen solicitud cada año. Verifica en la ordenanza fiscal municipal.


Artículo elaborado con datos de la LRHL. Actualizado a junio de 2026. Las tarifas, coeficientes municipales y bonificaciones varían por municipio; consulta la ordenanza fiscal de tu ayuntamiento para los importes exactos aplicables.

Contenido elaborado y verificado por el equipo de encajame.es — tu referencia en prestaciones sociales, ayudas públicas y fiscalidad en España.

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