Pensión de orfandad de la Seguridad Social: para hijos de fallecidos
Seguridad Social — INSS
Pensión para hijos de un trabajador o pensionista fallecido, hasta los 21 años (25 si estudian o tienen discapacidad). Cuantía: 20 % de la base reguladora del fallecido por hijo. En orfandad absoluta se suma el 52 % adicional. Es compatible con pensión de viudedad del otro progenitor.
Qué es y para qué sirve
La pensión de orfandad es una prestación contributiva de la Seguridad Social dirigida a los hijos de un trabajador o pensionista fallecido, mientras sean menores de edad o no superen ciertos límites etarios siendo estudiantes o personas con discapacidad. Es complementaria de la pensión de viudedad del progenitor superviviente y se concede automáticamente con ella en la mayoría de los casos.
Quién tiene derecho:
- Hijos del fallecido (biológicos, adoptados o por afinidad si convivían), menores de 21 años. - Hijos del cónyuge fallecido (hijastros) bajo ciertas condiciones de convivencia y dependencia. - Hijos hasta los 25 años si cursan estudios reglados (con renovación anual de matrícula). - Hijos sin límite de edad si tienen una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez declarada antes de los 21 años.
Cuantía:
- Caso normal: el 20 % de la base reguladora del fallecido, por cada hijo huérfano. - Orfandad absoluta (fallecidos ambos progenitores, o un progenitor fallecido y el otro no figura o ha fallecido también): el 20 % normal más el 52 % adicional (esto es, lo que habría sido la pensión de viudedad), que se reparte entre los hijos huérfanos.
Topes:
- La suma de las pensiones de viudedad + orfandad por una misma persona fallecida no puede superar el 100 % de su base reguladora (salvo orfandad absoluta de hijos minusválidos, que tiene mecanismos especiales). - Mínimo 2025: ~252 €/mes por hijo en orfandad simple, ~825 €/mes adicionales en orfandad absoluta.
Compatibilidad:
- ✅ Compatible con la pensión de viudedad del progenitor superviviente. - ✅ Compatible con la pensión de orfandad de otro causante (si fallecen ambos padres). - ✅ Compatible con prestaciones por hijo a cargo (CAPI). - ✅ Compatible con becas de estudio. - ⚠️ Si el huérfano trabaja con salario superior al SMI a tiempo completo, suspende temporalmente.
Requisitos
- ✓Ser hijo (biológico, adoptado, hijastro convivente) del fallecido.
- ✓Menor de 21 años (sin más requisitos).
- ✓Entre 21 y 25 años: estar cursando estudios reglados (Bachillerato, FP, universidad, postgrado oficial). Renovar anualmente con certificado de matrícula.
- ✓Sin límite de edad si tiene reconocida una incapacidad absoluta o gran invalidez antes de los 21.
- ✓El fallecido debe cumplir requisitos contributivos: estar en alta o ser pensionista, y con cotizaciones suficientes (500 días en los 5 años previos para trabajadores activos).
- ✓No tener empleo a tiempo completo con salario superior al SMI (que suspendería la pensión).
Documentación necesaria
- •DNI o NIE del menor (o del progenitor que solicita por él si es menor de edad).
- •Certificado literal de defunción del fallecido.
- •Libro de familia o certificado literal de nacimiento del huérfano.
- •Para huérfanos 21-25 años: matrícula del centro educativo (cada curso).
- •Para huérfanos con discapacidad: certificado de grado y resolución de incapacidad.
- •Certificado bancario (IBAN del menor o de su representante legal).
Cómo solicitarla paso a paso
- 1
Reúne la documentación tras el fallecimiento
El certificado de defunción es la pieza clave. Junto con el libro de familia, demuestras la relación filial. Pide varias copias del certificado para distintos trámites.
- 2
Solicita en paralelo con la pensión de viudedad
Lo habitual es que el progenitor superviviente solicite a la vez la pensión de viudedad propia y las de orfandad de los hijos. La Seguridad Social tramita ambas en el mismo expediente.
- 3
Presenta la solicitud
Online en sede.seg-social.gob.es con certificado digital, telefónicamente al 901 16 65 65, o presencialmente en oficinas del INSS con cita previa. El menor está representado por su progenitor o tutor.
Más información → - 4
Espera resolución (~30 días)
Resolución en aproximadamente un mes. Cobro retroactivo desde el primer día del mes siguiente al fallecimiento (hasta 3 meses retroactivos).
- 5
Renueva matrícula cada curso si tiene 21+ años
Para mantener la pensión entre los 21 y 25 años, presenta cada año (típicamente septiembre-octubre) certificado de matrícula del nuevo curso. Si dejas los estudios, la pensión se suspende.
Preguntas frecuentes
Mi hijo tiene 23 años y estudia un grado. ¿Cobra hasta los 25?
Sí, mientras curse estudios reglados y renueve la matrícula cada año. A los 25 años se extingue automáticamente, incluso si sigue estudiando. Si abandona los estudios antes de los 25, también se extingue.
¿Cuánto cobra cada hijo?
El 20 % de la base reguladora del fallecido por cada hijo huérfano. Si el fallecido cotizaba 2.000 €/mes, cada hijo cobra 400 €/mes. En orfandad absoluta se suma el 52 % adicional (1.040 €) repartido entre todos los hijos huérfanos.
Mi hijo está empezando a trabajar a tiempo parcial. ¿Pierde la pensión?
No, mientras su salario sea inferior al SMI (~1.184 €/mes en 2025) o sea trabajo a tiempo parcial. Si encuentra trabajo a tiempo completo con salario superior al SMI, la pensión se suspende temporalmente. Si vuelve al paro o estudia, se reactiva.
Mi padre fallecido era autónomo de pocos ingresos. ¿Pasa algo?
La cuantía depende de su base de cotización. Autónomos en base mínima generan pensiones de orfandad bajas (~200 €/mes por hijo). Hay complementos a mínimos (~252 €/mes garantizados por hijo en 2025). Pídelo igual: cualquier importe ayuda y es compatible con otras ayudas.
¿Y si fallecen ambos progenitores?
Es 'orfandad absoluta' y la pensión se incrementa significativamente: además del 20 % por cada hijo, se suma el 52 % adicional (lo equivalente a la pensión de viudedad), repartido entre los huérfanos. Por ejemplo, 3 hermanos huérfanos absolutos pueden cobrar combinadamente el 116 % de la base reguladora del causante.
Información actualizada el 15 de enero de 2025. Los importes y requisitos pueden cambiar — verifica siempre con la página oficial antes de solicitar. Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento legal.