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Prestación permanenteGobierno de Aragón — Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales
🇪🇸 aragonActualizado julio de 2026

Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital: la renta mínima de Aragón que sustituyó al IAI

La renta mínima de Aragón es hoy la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital (Ley 3/2021), que sustituyó al antiguo Ingreso Aragonés de Inserción (IAI): este quedó en extinción y ya no admite solicitudes nuevas. Está pensada para quien no llega a cumplir los requisitos del IMV o necesita complementarlo. Se tramita en los Centros de Servicios Sociales comarcales o municipales.

Cuantía

490870

/mes

Qué es y para qué sirve

La renta mínima de Aragón es hoy la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital, regulada por la Ley 3/2021, de 20 de mayo. Sustituyó al histórico Ingreso Aragonés de Inserción (IAI), que existía desde 1993 y ha quedado en extinción: sigue pagándose a quien ya lo tenía reconocido, pero no admite solicitudes nuevas.

Sustituye

al IAI, que quedó en extinción desde 2021

Aragón

para residentes en la comunidad

Con el IMV

lo complementa, o cubre a quien no llega a cobrarlo

Vía social

se tramita en los centros de servicios sociales

El IAI ya no admite solicitudes nuevas. Si buscas el "Ingreso Aragonés de Inserción", su sucesora es esta prestación. Quien tenía el IAI reconocido lo mantiene, pero las altas nuevas se tramitan ya por la vía de la Prestación Aragonesa Complementaria del IMV.
Va de la mano del IMV. Está pensada para dos casos: quien está en situación de necesidad pero no llega a cumplir los requisitos del [Ingreso Mínimo Vital](/prestacion/ingreso-minimo-vital), y quien ya lo cobra pero se queda por debajo de la cuantía aragonesa, en cuyo caso la comunidad complementa la diferencia.
Ve primero a los servicios sociales. El expediente se abre con el trabajador social de referencia, que valora la situación y elabora el plan de inserción exigido para mantener la ayuda.

Importes orientativos (confírmalos en el trámite oficial):

  • Unidad de 1 persona: ~490 €/mes
  • Unidad de 2 personas: ~610 €/mes
  • Unidad de 3 personas: ~730 €/mes
  • Unidad de 4 personas: ~810 €/mes
  • Unidad de 5+ personas: ~870 €/mes

Complementos:

  • Por hijos menores a cargo: ~50 €/mes por menor.
  • Por monoparentalidad.
  • Por discapacidad reconocida ≥33 %.
  • Por residencia en municipio rural (parte del plan de lucha contra la despoblación de Aragón, una de sus prioridades).

Compromisos:

  • Plan Personalizado de Inserción con servicios sociales municipales.
  • Inscripción en INAEM (Instituto Aragonés de Empleo).
  • Asistencia a actuaciones del plan: formación, búsqueda activa, talleres.

Duración: 12 meses prorrogables sin límite total mientras se cumplan los requisitos.

Compatibilidad con el IMV: la prestación aragonesa complementa el IMV hasta llegar a su cuantía cuando ésta es mayor. Solicitar AMBAS prestaciones es lo correcto.

Cuantía orientativa según composición del hogar

1 persona

~490 €/mes

Unidades de 5+ miembros

~870 €/mes

Importes orientativos: al sustituir el IAI por la Prestación Aragonesa Complementaria del IMV, conviene confirmar la cuantía vigente en el trámite oficial del Gobierno de Aragón o en los servicios sociales. Sin límite máximo de tiempo mientras se mantengan los requisitos.

Requisitos

Deben cumplirse todos simultáneamente

Empadronamiento continuado en Aragón durante al menos 12 meses anteriores.

Tener 25 años o más (excepciones por cargas familiares, discapacidad, situación de exclusión).

Constituir o pertenecer a una unidad familiar.

Ingresos por debajo del umbral de la prestación aragonesa.

Patrimonio inferior a 5 veces la cuantía anual de la prestación.

Inscripción como demandante de empleo en INAEM.

Suscribir Plan Personalizado de Inserción.

Haber solicitado IMV y otras prestaciones aplicables.

Documentación necesaria

  • DNI o NIE de todos los miembros mayores de 14 años.
  • Empadronamiento histórico colectivo (12+ meses Aragón).
  • Libro de familia o certificados de filiación.
  • Declaraciones IRPF.
  • Vida laboral actualizada.
  • Plan Personalizado de Inserción firmado.
  • IBAN bancario.
  • Resolución IMV (concedido o denegado).

Cómo solicitarla paso a paso

1

Cita con servicios sociales del comarca/municipio

El proceso empieza en los servicios sociales comarcales/municipales de tu zona. El trabajador social valora tu situación y elabora el Plan Personalizado.

2

Tramita IMV en paralelo

Solicita IMV en la Seguridad Social. La prestación aragonesa exige tramitar el IMV antes (aunque te lo denieguen).

3

Inscripción en INAEM

Servicio Público de Empleo de Aragón. Online en inaem.aragon.es o presencial. Compromiso de actividad firmado.

4

Presenta la solicitud de la prestación aragonesa

Online en aragon.es o presencialmente en delegaciones del Gobierno de Aragón. Incluye Plan firmado, documentación completa y resolución IMV.

Más información
5

Espera resolución (3-6 meses)

Plazo legal 3 meses. Práctica: 4-6 meses. Cobro retroactivo desde la solicitud.

Preguntas frecuentes

Vivo en un pueblo pequeño en Teruel. ¿Hay complemento por despoblación?

Sí. Aragón es una de las CCAA con más despoblación rural y tiene complementos específicos para residentes en municipios pequeños. Cuando la solicites, indica claramente tu municipio y consulta con el trabajador social qué incrementos te corresponden.

¿Cuánto tarda Aragón en resolver?

El plazo legal son 3 meses; en la práctica, 4-6 meses según provincia. Zaragoza suele ser más rápida (3-4 meses) que Huesca y Teruel por menor carga administrativa.

Mi IMV ya cubre mi situación. ¿Necesito la prestación aragonesa?

Si tu IMV iguala o supera la cuantía aragonesa para tu tipo de unidad, no hay diferencia que complementar. Pero los complementos por hijos, monoparentalidad o despoblación podrían inclinar el cálculo a tu favor. Conviene calcular bien antes de decidir.

Soy migrante con NIE y llevo 8 meses en Aragón. ¿Puedo pedirla?

Aún no por los 12 meses de residencia. Pero puedes pedir IMV (solo exige 1 año en España, no en Aragón específicamente) si llevas más de 1 año empadronado en territorio nacional acumulado.

¿La prestación aragonesa cubre gastos de alquiler también?

Hay un complemento por gastos de vivienda en casos específicos (alquiler superior al 30 % de los ingresos). Aporta el contrato de alquiler y recibos cuando solicites para que se valore el complemento.

Fuentes legales

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Información actualizada el 29 de julio de 2026. Los importes y requisitos pueden cambiar — verifica siempre con la página oficial antes de solicitar. Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento legal.