Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital: la renta mínima de Aragón que sustituyó al IAI
La renta mínima de Aragón es hoy la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital (Ley 3/2021), que sustituyó al antiguo Ingreso Aragonés de Inserción (IAI): este quedó en extinción y ya no admite solicitudes nuevas. Está pensada para quien no llega a cumplir los requisitos del IMV o necesita complementarlo. Se tramita en los Centros de Servicios Sociales comarcales o municipales.
Cuantía
490–870
€/mes
Qué es y para qué sirve
La renta mínima de Aragón es hoy la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital, regulada por la Ley 3/2021, de 20 de mayo. Sustituyó al histórico Ingreso Aragonés de Inserción (IAI), que existía desde 1993 y ha quedado en extinción: sigue pagándose a quien ya lo tenía reconocido, pero no admite solicitudes nuevas.
Sustituye
al IAI, que quedó en extinción desde 2021
Aragón
para residentes en la comunidad
Con el IMV
lo complementa, o cubre a quien no llega a cobrarlo
Vía social
se tramita en los centros de servicios sociales
Importes orientativos (confírmalos en el trámite oficial):
- Unidad de 1 persona: ~490 €/mes
- Unidad de 2 personas: ~610 €/mes
- Unidad de 3 personas: ~730 €/mes
- Unidad de 4 personas: ~810 €/mes
- Unidad de 5+ personas: ~870 €/mes
Complementos:
- Por hijos menores a cargo: ~50 €/mes por menor.
- Por monoparentalidad.
- Por discapacidad reconocida ≥33 %.
- Por residencia en municipio rural (parte del plan de lucha contra la despoblación de Aragón, una de sus prioridades).
Compromisos:
- Plan Personalizado de Inserción con servicios sociales municipales.
- Inscripción en INAEM (Instituto Aragonés de Empleo).
- Asistencia a actuaciones del plan: formación, búsqueda activa, talleres.
Duración: 12 meses prorrogables sin límite total mientras se cumplan los requisitos.
Compatibilidad con el IMV: la prestación aragonesa complementa el IMV hasta llegar a su cuantía cuando ésta es mayor. Solicitar AMBAS prestaciones es lo correcto.
Cuantía orientativa según composición del hogar
1 persona
~490 €/mes
Unidades de 5+ miembros
~870 €/mes
Importes orientativos: al sustituir el IAI por la Prestación Aragonesa Complementaria del IMV, conviene confirmar la cuantía vigente en el trámite oficial del Gobierno de Aragón o en los servicios sociales. Sin límite máximo de tiempo mientras se mantengan los requisitos.
Requisitos
Deben cumplirse todos simultáneamente
Empadronamiento continuado en Aragón durante al menos 12 meses anteriores.
Tener 25 años o más (excepciones por cargas familiares, discapacidad, situación de exclusión).
Constituir o pertenecer a una unidad familiar.
Ingresos por debajo del umbral de la prestación aragonesa.
Patrimonio inferior a 5 veces la cuantía anual de la prestación.
Inscripción como demandante de empleo en INAEM.
Suscribir Plan Personalizado de Inserción.
Haber solicitado IMV y otras prestaciones aplicables.
Documentación necesaria
- •DNI o NIE de todos los miembros mayores de 14 años.
- •Empadronamiento histórico colectivo (12+ meses Aragón).
- •Libro de familia o certificados de filiación.
- •Declaraciones IRPF.
- •Vida laboral actualizada.
- •Plan Personalizado de Inserción firmado.
- •IBAN bancario.
- •Resolución IMV (concedido o denegado).
Cómo solicitarla paso a paso
Cita con servicios sociales del comarca/municipio
El proceso empieza en los servicios sociales comarcales/municipales de tu zona. El trabajador social valora tu situación y elabora el Plan Personalizado.
Tramita IMV en paralelo
Solicita IMV en la Seguridad Social. La prestación aragonesa exige tramitar el IMV antes (aunque te lo denieguen).
Inscripción en INAEM
Servicio Público de Empleo de Aragón. Online en inaem.aragon.es o presencial. Compromiso de actividad firmado.
Presenta la solicitud de la prestación aragonesa
Online en aragon.es o presencialmente en delegaciones del Gobierno de Aragón. Incluye Plan firmado, documentación completa y resolución IMV.
Más información ↗Espera resolución (3-6 meses)
Plazo legal 3 meses. Práctica: 4-6 meses. Cobro retroactivo desde la solicitud.
Preguntas frecuentes
Vivo en un pueblo pequeño en Teruel. ¿Hay complemento por despoblación?
Sí. Aragón es una de las CCAA con más despoblación rural y tiene complementos específicos para residentes en municipios pequeños. Cuando la solicites, indica claramente tu municipio y consulta con el trabajador social qué incrementos te corresponden.
¿Cuánto tarda Aragón en resolver?
El plazo legal son 3 meses; en la práctica, 4-6 meses según provincia. Zaragoza suele ser más rápida (3-4 meses) que Huesca y Teruel por menor carga administrativa.
Mi IMV ya cubre mi situación. ¿Necesito la prestación aragonesa?
Si tu IMV iguala o supera la cuantía aragonesa para tu tipo de unidad, no hay diferencia que complementar. Pero los complementos por hijos, monoparentalidad o despoblación podrían inclinar el cálculo a tu favor. Conviene calcular bien antes de decidir.
Soy migrante con NIE y llevo 8 meses en Aragón. ¿Puedo pedirla?
Aún no por los 12 meses de residencia. Pero puedes pedir IMV (solo exige 1 año en España, no en Aragón específicamente) si llevas más de 1 año empadronado en territorio nacional acumulado.
¿La prestación aragonesa cubre gastos de alquiler también?
Hay un complemento por gastos de vivienda en casos específicos (alquiler superior al 30 % de los ingresos). Aporta el contrato de alquiler y recibos cuando solicites para que se valore el complemento.
Fuentes legales
Ayudas similares
Otras prestaciones que pueden interesarte por perfil o área:
Ingreso Mínimo Vital (IMV)
El IMV es una prestación mensual de la Seguridad Social para hogares con ingresos bajos. En 2026 la cuantía base es 733,60 €/mes para un adulto solo (subida del 11,4 %). Compatible con trabajo y otras ayudas en muchos casos.
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Prestación por nacimiento y cuidado de menor
Subsidio del 100 % del salario durante 19 semanas (4 meses y medio) para cada progenitor tras el nacimiento, adopción o acogimiento de un menor. Igual e intransferible entre madres y padres desde 2021, ampliado por el RDL 9/2025. La gestiona la Seguridad Social directamente.
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Complemento de Brecha de Género
Complemento mensual a la pensión contributiva para compensar la brecha de género en las carreras de cotización. Lo cobran principalmente mujeres con 2 o más hijos que perciben una pensión menor que un hombre en circunstancias equivalentes. También se puede reconocer al padre en determinados supuestos.
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Información actualizada el 29 de julio de 2026. Los importes y requisitos pueden cambiar — verifica siempre con la página oficial antes de solicitar. Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento legal.