Ingreso Mínimo de Inserción de La Rioja (IMI): renta mínima autonómica
Prestación autonómica del Gobierno de La Rioja para personas y familias sin ingresos suficientes. Entre ~480 y ~850 €/mes según composición familiar. Requiere 12 meses de empadronamiento en La Rioja y participación en itinerario de inserción.
Cuantía
480–850
€/mes
Qué es y para qué sirve
El Ingreso Mínimo de Inserción (IMI) es la renta mínima autonómica de La Rioja, regulada por la Ley de La Rioja 7/2009, de 22 de diciembre. Es uno de los programas de renta mínima más consolidados de España, existente en diversas formas desde los años noventa.
Está gestionado por la Consejería de Servicios Sociales del Gobierno de La Rioja, con participación de los Servicios Sociales municipales y de base. Abarca situaciones de pobreza o exclusión social, con especial atención a personas sin empleo, familias con menores y personas con discapacidad.
Compatibilidad con el IMV: el IMI riojano y el IMV estatal están articulados de forma complementaria. Si el IMV reconocido es menor que la cuantía IMI que correspondería, La Rioja abona la diferencia.
Al igual que en otras comunidades, el cobro está vinculado a la suscripción de un Itinerario Personalizado de Inserción Sociolaboral (IPIS), elaborado con el trabajador social asignado y que puede incluir formación, orientación laboral o participación en programas de inserción.
La duración inicial es de 12 meses, con renovaciones anuales mientras persistan los requisitos.
Cuantía orientativa 2026 según composición del hogar
1 persona sola
~480 €/mes
2 personas
~620 €/mes
3 personas
~720 €/mes
4 o más personas
~800–850 €/mes
Importes sujetos a revisión anual. Verificar cuantías en la Consejería de Servicios Sociales. Duración inicial: 12 meses renovables.
Requisitos
Deben cumplirse todos simultáneamente
Tener 25 años o más (desde los 18 si hay menores a cargo, discapacidad o situación de riesgo de exclusión).
Estar empadronado en La Rioja de forma continuada durante los 12 meses anteriores a la solicitud.
No tener ingresos superiores a la cuantía IMI correspondiente a la unidad familiar.
No disponer de patrimonio suficiente para cubrir la situación de necesidad (excluida vivienda habitual).
Estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Riojano de Empleo (SER).
Suscribir y participar en el Itinerario Personalizado de Inserción Sociolaboral (IPIS).
Haber solicitado previamente el IMV y cualquier otra prestación aplicable.
Documentación necesaria
- •DNI o NIE de todos los miembros de la unidad familiar.
- •Certificado histórico de empadronamiento (12 meses en La Rioja).
- •Libro de familia o certificados de nacimiento.
- •Justificantes de ingresos recientes (nóminas, pensiones, prestaciones).
- •Última declaración de la Renta o certificado de no obligación.
- •Número de cuenta bancaria (IBAN).
- •Resolución del IMV (concedido, denegado o en trámite).
Cómo solicitarla paso a paso
Solicita cita en Servicios Sociales
Acude al Centro de Servicios Sociales de tu municipio o zona. El trabajador social valorará tu situación y te guiará en la tramitación del IMI.
Tramita el IMV previamente
La solicitud del IMV estatal es requisito previo. Puedes hacerlo en la Seguridad Social de forma telemática o presencial.
Presenta la solicitud del IMI
A través del trabajador social de tu municipio, que envía la solicitud completa con el Itinerario de Inserción. También puedes hacerlo en el registro de la Consejería o vía sede electrónica.
Más información ↗Cumple el itinerario y renueva anualmente
Participa en las actividades del IPIS: formación, orientación, búsqueda activa de empleo. Cada 12 meses se revisa el expediente para la renovación.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el IPIS y es obligatorio?
El Itinerario Personalizado de Inserción Sociolaboral es el plan de acción individualizado que elaboras con tu trabajador social: puede incluir formación, búsqueda activa de empleo o participación en talleres. Es obligatorio firmar y cumplirlo para mantener el IMI activo.
¿Puede una persona joven menor de 25 años solicitarlo?
Sí en determinados casos: si tiene menores a cargo, discapacidad reconocida o se encuentra en situación de riesgo de exclusión social grave. El trabajador social evalúa cada situación individualmente.
¿Cuánto tiempo tarda en resolverse?
El plazo legal de resolución es de 3 meses. Si no se recibe resolución en ese plazo, se puede entender desestimado por silencio administrativo y proceder a recurrir.
Fuentes legales
Ayudas similares
Otras prestaciones que pueden interesarte por perfil o área:
Ingreso Mínimo Vital (IMV)
El IMV es una prestación mensual de la Seguridad Social para hogares con ingresos bajos. En 2026 la cuantía base es 733,60 €/mes para un adulto solo (subida del 11,4 %). Compatible con trabajo y otras ayudas en muchos casos.
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Prestación por nacimiento y cuidado de menor
Subsidio del 100 % del salario durante 19 semanas (4 meses y medio) para cada progenitor tras el nacimiento, adopción o acogimiento de un menor. Igual e intransferible entre madres y padres desde 2021, ampliado por el RDL 9/2025. La gestiona la Seguridad Social directamente.
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Complemento de Brecha de Género
Complemento mensual a la pensión contributiva para compensar la brecha de género en las carreras de cotización. Lo cobran principalmente mujeres con 2 o más hijos que perciben una pensión menor que un hombre en circunstancias equivalentes. También se puede reconocer al padre en determinados supuestos.
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Información actualizada el 17 de junio de 2026. Los importes y requisitos pueden cambiar — verifica siempre con la página oficial antes de solicitar. Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento legal.