Renta Básica de Inserción de la Región de Murcia: renta mínima autonómica
Prestación autonómica de la Región de Murcia para personas y familias en situación de pobreza o exclusión social. Entre ~430 y ~800 €/mes según composición familiar. Requiere 12 meses de empadronamiento en Murcia y participación en plan de inserción.
Cuantía
430–800
€/mes
Qué es y para qué sirve
La Renta Básica de Inserción (RBI) es la renta mínima autonómica de la Región de Murcia, regulada por la Ley 3/2007, de 16 de marzo, de Servicios Sociales de la Región de Murcia y su normativa de desarrollo. Está gestionada por la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad a través de los Servicios Sociales municipales.
Su objeto es garantizar unos ingresos mínimos a personas y familias sin recursos suficientes, con el fin de cubrir sus necesidades básicas y favorecer su integración social y laboral. Las cuantías son moderadas en comparación con otras comunidades, lo que en la práctica hace que el IMV estatal las iguale o supere en muchos casos.
Compatibilidad con el IMV: la RBI y el IMV son compatibles cuando el IMV no alcanza la cuantía de la prestación murciana. Sin embargo, dado que las cuantías de la RBI han estado históricamente próximas o por debajo del IMV en determinados perfiles, conviene simular ambas opciones para determinar cuál aporta más o si son complementarias.
La prestación está vinculada a la suscripción de un Plan de Inclusión Social (PIS) con compromisos en materia de búsqueda de empleo, formación o inserción social. Su incumplimiento puede derivar en la suspensión temporal o extinción de la prestación.
La duración inicial es de 12 meses, con posibilidad de renovación anual mientras persistan las condiciones de necesidad.
Cuantía orientativa 2026 según composición del hogar
1 persona sola
~430 €/mes
2 personas
~570 €/mes
3 personas
~670 €/mes
4 o más personas
~750–800 €/mes
Importes orientativos sujetos a revisión anual. Verificar cuantías vigentes en la Consejería de Política Social. Duración inicial: 12 meses renovables.
Requisitos
Deben cumplirse todos simultáneamente
Tener 25 años o más (18 años con menores a cargo, discapacidad reconocida o situación de especial vulnerabilidad).
Estar empadronado de forma continuada en la Región de Murcia durante los 12 meses anteriores a la solicitud.
No tener ingresos superiores a la cuantía RBI que correspondería a la unidad familiar.
No poseer patrimonio suficiente para superar la situación de necesidad (excluida vivienda habitual).
Estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF).
Suscribir y cumplir el Plan de Inclusión Social establecido con los Servicios Sociales.
Haber solicitado previamente el IMV y cualquier otra prestación aplicable.
Documentación necesaria
- •DNI o NIE de todos los miembros de la unidad familiar.
- •Certificado histórico de empadronamiento colectivo (12 meses en Murcia).
- •Libro de familia o certificados de nacimiento.
- •Justificantes de ingresos de los últimos 3 meses.
- •Declaración de la Renta o certificado de no obligación.
- •Número de cuenta bancaria (IBAN).
- •Resolución del IMV (concedido, denegado o en trámite).
Cómo solicitarla paso a paso
Acude a los Servicios Sociales municipales
El trabajador social de tu ayuntamiento evalúa tu situación y te orienta sobre los requisitos específicos. Puede coordinar también la solicitud del IMV si aún no la has tramitado.
Solicita el IMV si aún no lo tienes
La RBI exige haber solicitado el IMV previamente. Puedes hacerlo en la Seguridad Social de forma telemática (con Cl@ve) o presencialmente.
Presenta la solicitud de la RBI
A través de los Servicios Sociales o en el registro de la Consejería de Política Social. El formulario incluye el Plan de Inclusión Social elaborado con el trabajador social.
Más información ↗Resolución y cobro mensual
Plazo legal de resolución: 3 meses. El pago es mensual en cuenta bancaria. Se renueva anualmente mientras se mantengan los requisitos.
Preguntas frecuentes
¿Merece la pena pedir la RBI si ya cobro el IMV?
Depende de la cuantía. Si el IMV que te corresponde es inferior a lo que te daría la RBI para tu tipo de hogar, la diferencia te la paga la Región de Murcia. Si el IMV es igual o superior, la RBI no aportaría más. Conviene calcular ambas con el trabajador social.
¿Puede un joven de 22 años solicitarla?
En principio no, el requisito general es 25 años. Pero si tiene menores a cargo, discapacidad reconocida o está en una situación de exclusión social grave, puede acceder desde los 18 años. El trabajador social evalúa cada caso.
¿Qué ocurre si no cumplo el Plan de Inclusión Social?
El incumplimiento reiterado o injustificado del Plan puede derivar en la suspensión o extinción de la prestación. En caso de circunstancias sobrevenidas que impidan cumplirlo, hay que comunicarlo al trabajador social para revisar el plan.
Fuentes legales
Ayudas similares
Otras prestaciones que pueden interesarte por perfil o área:
Ingreso Mínimo Vital (IMV)
El IMV es una prestación mensual de la Seguridad Social para hogares con ingresos bajos. En 2026 la cuantía base es 733,60 €/mes para un adulto solo (subida del 11,4 %). Compatible con trabajo y otras ayudas en muchos casos.
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Prestación por nacimiento y cuidado de menor
Subsidio del 100 % del salario durante 19 semanas (4 meses y medio) para cada progenitor tras el nacimiento, adopción o acogimiento de un menor. Igual e intransferible entre madres y padres desde 2021, ampliado por el RDL 9/2025. La gestiona la Seguridad Social directamente.
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Complemento de Brecha de Género
Complemento mensual a la pensión contributiva para compensar la brecha de género en las carreras de cotización. Lo cobran principalmente mujeres con 2 o más hijos que perciben una pensión menor que un hombre en circunstancias equivalentes. También se puede reconocer al padre en determinados supuestos.
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Información actualizada el 17 de junio de 2026. Los importes y requisitos pueden cambiar — verifica siempre con la página oficial antes de solicitar. Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento legal.