Renta Garantizada de Navarra: una de las rentas mínimas autonómicas más generosas de España
La Renta Garantizada de Navarra es una de las rentas mínimas autonómicas más generosas de España. Con cuantías de ~750 a ~1.300 €/mes según el hogar, solo la supera la RGI vasca. Edad mínima: 23 años. Requiere 12 meses de residencia en Navarra.
Cuantía
750–1300
€/mes
Qué es y para qué sirve
La Renta Garantizada de Navarra es la prestación de garantía de ingresos del Gobierno de Navarra, regulada por la Ley Foral 15/2016, de 11 de noviembre, de Política Social de Navarra. Es, junto con la RGI vasca, la renta mínima autonómica más generosa de España.
A diferencia de otras comunidades, Navarra ha apostado históricamente por un sistema de garantía de ingresos ambicioso, con cuantías significativamente superiores a la media nacional. La cuantía base para una persona sola oscila entre 750 y 800 €/mes (orientativo 2026), con incrementos por cada miembro adicional del hogar.
Otra característica diferencial es la edad mínima: 23 años, frente a los 25 que exigen la mayoría de comunidades. Esto permite el acceso a jóvenes adultos en situación de necesidad que en otras CCAA quedarían excluidos.
Compatibilidad con el IMV: dado que la Renta Garantizada de Navarra suele superar al IMV estatal, funciona en la práctica como el sistema de referencia: si el ciudadano tiene derecho a ambas, Navarra paga la diferencia hasta su cuantía autonómica.
La prestación está vinculada a un Proyecto de Inserción Social y/o Laboral (PIS), un plan individualizado de actividades que se elabora con el trabajador social de zona. El incumplimiento reiterado puede dar lugar a modificaciones o suspensión.
Navarra dispone también de un Complemento de Apoyo a la Integración (CAI) para personas en situación de especial vulnerabilidad que no pueden participar en itinerarios laborales ordinarios.
Cuantía orientativa 2026 según composición del hogar
1 persona sola
~750–800 €/mes
Cuantía base individual, una de las más altas de España
2 personas
~950 €/mes
3 personas
~1.100 €/mes
4 o más personas
~1.200–1.300 €/mes
Importes sujetos a revisión anual vinculada al IPREM y al SMI. Verificar cuantías actualizadas en el Departamento de Derechos Sociales. Duración inicial: 12 meses renovables.
Requisitos
Deben cumplirse todos simultáneamente
Tener 23 años o más (uno de los umbrales de edad más bajos de España).
Residir en Navarra de forma continuada durante los 12 meses anteriores a la solicitud.
Estar empadronado en Navarra.
No disponer de ingresos suficientes para cubrir las necesidades básicas (umbral establecido por la cuantía RGN para el tipo de unidad familiar).
No poseer patrimonio relevante (excluida la vivienda habitual).
Estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansarketako Zerbitzua (SNE-NLZ).
Suscribir y cumplir el Proyecto de Inserción Social y/o Laboral (PIS).
Haber solicitado previamente el IMV y cualquier otra prestación aplicable.
Documentación necesaria
- •DNI o NIE de todos los miembros de la unidad familiar.
- •Certificado de empadronamiento histórico (12 meses en Navarra).
- •Libro de familia o certificados de nacimiento de los hijos.
- •Justificantes de ingresos actuales (nóminas, pensiones, otras prestaciones).
- •Declaración de la Renta del último ejercicio o certificado de no obligación.
- •Número de cuenta bancaria (IBAN).
- •Resolución del IMV (o acreditación de solicitud en trámite).
- •Si aplica: certificado de discapacidad, sentencia de violencia, informe de servicios sociales.
Cómo solicitarla paso a paso
Acude a los Servicios Sociales de Base de tu municipio
El trabajador social de zona evalúa tu situación, comprueba requisitos y elabora contigo el Proyecto de Inserción Social y/o Laboral (PIS). Es el primer paso obligatorio.
Solicita el IMV previamente
La RGN exige haber solicitado el IMV y cualquier otra prestación estatal. Hazlo a través de la Seguridad Social antes de tramitar la Renta Garantizada.
Presenta la solicitud en el Departamento de Derechos Sociales
La solicitud se canaliza a través de los Servicios Sociales de Base o directamente en el registro del Gobierno de Navarra. La tramitación electrónica está disponible.
Más información ↗Resolución y pago
El plazo de resolución es de 3 meses. El pago mensual se realiza en cuenta bancaria. La prestación se concede por 12 meses y se renueva si se mantienen los requisitos y el PIS.
Preguntas frecuentes
¿Por qué la Renta Garantizada de Navarra es tan alta comparada con otras CCAA?
Navarra tiene un sistema fiscal propio (régimen de Convenio) que le da mayor capacidad de gasto que la mayoría de comunidades de régimen común. Esa autonomía financiera ha permitido mantener históricamente unas cuantías de renta mínima entre las más altas de España.
Tengo 24 años. ¿Puedo solicitarla?
Sí. Navarra exige 23 años como mínimo, no 25 como la mayoría de CCAA. Con 23 o más años y cumpliendo el resto de requisitos, puedes acceder a la Renta Garantizada.
¿La Renta Garantizada de Navarra y el IMV son incompatibles?
No son incompatibles — son complementarios. Si el IMV es inferior a la cuantía navarra que te correspondería, Navarra abona la diferencia. En la práctica, dado que la RGN suele superar al IMV, es el sistema dominante y el IMV actúa de base.
¿Qué es el Complemento de Apoyo a la Integración (CAI)?
Es un complemento adicional para personas con especiales dificultades de inserción laboral (edad avanzada, enfermedad, situación de exclusión severa) que no pueden participar en itinerarios laborales estándar. Permite acceder a la renta garantizada con un plan de inserción social adaptado a su situación.
Fuentes legales
Ayudas similares
Otras prestaciones que pueden interesarte por perfil o área:
Ingreso Mínimo Vital (IMV)
El IMV es una prestación mensual de la Seguridad Social para hogares con ingresos bajos. En 2026 la cuantía base es 733,60 €/mes para un adulto solo (subida del 11,4 %). Compatible con trabajo y otras ayudas en muchos casos.
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Prestación por nacimiento y cuidado de menor
Subsidio del 100 % del salario durante 19 semanas (4 meses y medio) para cada progenitor tras el nacimiento, adopción o acogimiento de un menor. Igual e intransferible entre madres y padres desde 2021, ampliado por el RDL 9/2025. La gestiona la Seguridad Social directamente.
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Complemento de Brecha de Género
Complemento mensual a la pensión contributiva para compensar la brecha de género en las carreras de cotización. Lo cobran principalmente mujeres con 2 o más hijos que perciben una pensión menor que un hombre en circunstancias equivalentes. También se puede reconocer al padre en determinados supuestos.
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Información actualizada el 17 de junio de 2026. Los importes y requisitos pueden cambiar — verifica siempre con la página oficial antes de solicitar. Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento legal.