Renta Social Básica de Cantabria: renta mínima para personas en situación de necesidad
Prestación autonómica del Gobierno de Cantabria para personas y familias en situación de necesidad social. Cuantías entre ~550 y ~950 €/mes según composición familiar. Requiere 12 meses de empadronamiento en Cantabria y firma de un Plan Personal de Inserción.
Cuantía
550–950
€/mes
Qué es y para qué sirve
La Renta Social Básica (RSB) es la renta mínima autonómica del Gobierno de Cantabria, regulada por la Ley de Cantabria 2/2007, de 27 de marzo. Está gestionada por la Consejería de Empleo y Políticas Sociales, con la colaboración de los Servicios Sociales municipales.
La RSB está diseñada para personas y familias que no disponen de ingresos suficientes para cubrir sus necesidades básicas y que no tienen acceso a otras prestaciones que cubran esa situación. Su cuantía es gradual según el número de personas del hogar y está sujeta a actualización anual.
Compatibilidad con el IMV: la Renta Social Básica puede complementar al IMV cuando este no alcanza la cuantía autonómica. Cantabria ha articulado estos dos sistemas para que sean complementarios y no excluyentes.
La percepción de la prestación está vinculada a la firma y cumplimiento de un Plan Personal de Inserción (PPI), un compromiso individualizado con los Servicios Sociales que incluye acciones de búsqueda de empleo, formación o participación en programas de inclusión social.
La duración inicial es de 12 meses, renovables de forma anual mientras persistan las condiciones que motivaron el reconocimiento. En la renovación se realiza una revisión completa del expediente.
Cuantía orientativa 2026 según composición del hogar
1 persona sola
~550 €/mes
2 personas
~700 €/mes
3 personas
~800 €/mes
4 o más personas
~900–950 €/mes
Importes sujetos a revisión anual. Verificar cuantías actualizadas en la Consejería. Duración inicial: 12 meses renovables.
Requisitos
Deben cumplirse todos simultáneamente
Tener 25 años o más (desde los 18 si hay menores a cargo, discapacidad reconocida o situación de exclusión acreditada).
Estar empadronado de forma continuada en Cantabria durante los 12 meses anteriores a la solicitud.
No disponer de ingresos superiores a la cuantía RSB que correspondería a la unidad familiar.
No poseer patrimonio suficiente para cubrir la situación de necesidad (excluida vivienda habitual).
Estar inscrito como demandante de empleo si se está en edad laboral.
Suscribir y cumplir el Plan Personal de Inserción con los Servicios Sociales.
Haber solicitado previamente el IMV y cualquier otra prestación a la que se pudiera tener derecho.
Documentación necesaria
- •DNI o NIE de todos los miembros de la unidad familiar.
- •Certificado histórico de empadronamiento colectivo (12 meses en Cantabria).
- •Libro de familia o certificados de nacimiento.
- •Justificantes de ingresos de los últimos 3 meses.
- •Declaración de la Renta o certificado de no obligación.
- •Número de cuenta bancaria (IBAN).
- •Resolución del IMV (concedido, denegado o en trámite).
Cómo solicitarla paso a paso
Cita en Servicios Sociales municipales
El trabajador social de tu ayuntamiento es el primer punto de contacto. Evalúa tu situación, informa sobre requisitos y coordina la tramitación.
Solicita el IMV si aún no lo has hecho
La RSB exige haber solicitado previamente cualquier prestación a la que se tenga derecho. Tramita el IMV en la Seguridad Social antes o simultáneamente.
Presenta la solicitud RSB
A través de los Servicios Sociales o directamente en el registro del Gobierno de Cantabria. La solicitud incluye el Plan Personal de Inserción elaborado con el trabajador social.
Más información ↗Resolución y abono
El plazo de resolución es de 3 meses. El pago es mensual. La prestación se renueva anualmente si se mantienen los requisitos y el cumplimiento del PPI.
Preguntas frecuentes
¿Es compatible la RSB con trabajar a tiempo parcial?
Sí, dentro de límites. Si los ingresos del trabajo parcial no superan el umbral de renta establecido, la RSB puede seguir percibiéndose, posiblemente con una reducción proporcional. El trabajador social calculará el impacto concreto.
¿Qué diferencia hay entre la RSB y el IMV?
El IMV es estatal (INSS) y actúa en toda España. La RSB es autonómica y complementa al IMV cuando la cuantía cántabra es superior a la estatal. También puede cubrir a personas que no cumplen algún requisito del IMV pero sí los requisitos autonómicos.
¿Cuánto tarda en resolverse?
El plazo legal es de 3 meses desde la presentación de la solicitud completa. Si transcurre ese plazo sin resolución, se considera desestimada por silencio administrativo y se puede recurrir.
Fuentes legales
Ayudas similares
Otras prestaciones que pueden interesarte por perfil o área:
Ingreso Mínimo Vital (IMV)
El IMV es una prestación mensual de la Seguridad Social para hogares con ingresos bajos. En 2026 la cuantía base es 733,60 €/mes para un adulto solo (subida del 11,4 %). Compatible con trabajo y otras ayudas en muchos casos.
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Prestación por nacimiento y cuidado de menor
Subsidio del 100 % del salario durante 19 semanas (4 meses y medio) para cada progenitor tras el nacimiento, adopción o acogimiento de un menor. Igual e intransferible entre madres y padres desde 2021, ampliado por el RDL 9/2025. La gestiona la Seguridad Social directamente.
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Complemento de Brecha de Género
Complemento mensual a la pensión contributiva para compensar la brecha de género en las carreras de cotización. Lo cobran principalmente mujeres con 2 o más hijos que perciben una pensión menor que un hombre en circunstancias equivalentes. También se puede reconocer al padre en determinados supuestos.
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Información actualizada el 17 de junio de 2026. Los importes y requisitos pueden cambiar — verifica siempre con la página oficial antes de solicitar. Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento legal.