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Prestación permanenteGobierno de Cantabria — Consejería de Empleo y Políticas Sociales
🇪🇸 cantabriaActualizado junio de 2026

Renta Social Básica de Cantabria: renta mínima para personas en situación de necesidad

Prestación autonómica del Gobierno de Cantabria para personas y familias en situación de necesidad social. Cuantías entre ~550 y ~950 €/mes según composición familiar. Requiere 12 meses de empadronamiento en Cantabria y firma de un Plan Personal de Inserción.

Cuantía

550950

/mes

Qué es y para qué sirve

La Renta Social Básica (RSB) es la renta mínima autonómica del Gobierno de Cantabria, regulada por la Ley de Cantabria 2/2007, de 27 de marzo. Está gestionada por la Consejería de Empleo y Políticas Sociales, con la colaboración de los Servicios Sociales municipales.

La RSB está diseñada para personas y familias que no disponen de ingresos suficientes para cubrir sus necesidades básicas y que no tienen acceso a otras prestaciones que cubran esa situación. Su cuantía es gradual según el número de personas del hogar y está sujeta a actualización anual.

Compatibilidad con el IMV: la Renta Social Básica puede complementar al IMV cuando este no alcanza la cuantía autonómica. Cantabria ha articulado estos dos sistemas para que sean complementarios y no excluyentes.

La percepción de la prestación está vinculada a la firma y cumplimiento de un Plan Personal de Inserción (PPI), un compromiso individualizado con los Servicios Sociales que incluye acciones de búsqueda de empleo, formación o participación en programas de inclusión social.

La duración inicial es de 12 meses, renovables de forma anual mientras persistan las condiciones que motivaron el reconocimiento. En la renovación se realiza una revisión completa del expediente.

Cuantía orientativa 2026 según composición del hogar

1 persona sola

~550 €/mes

2 personas

~700 €/mes

3 personas

~800 €/mes

4 o más personas

~900–950 €/mes

Importes sujetos a revisión anual. Verificar cuantías actualizadas en la Consejería. Duración inicial: 12 meses renovables.

Requisitos

Deben cumplirse todos simultáneamente

Tener 25 años o más (desde los 18 si hay menores a cargo, discapacidad reconocida o situación de exclusión acreditada).

Estar empadronado de forma continuada en Cantabria durante los 12 meses anteriores a la solicitud.

No disponer de ingresos superiores a la cuantía RSB que correspondería a la unidad familiar.

No poseer patrimonio suficiente para cubrir la situación de necesidad (excluida vivienda habitual).

Estar inscrito como demandante de empleo si se está en edad laboral.

Suscribir y cumplir el Plan Personal de Inserción con los Servicios Sociales.

Haber solicitado previamente el IMV y cualquier otra prestación a la que se pudiera tener derecho.

Documentación necesaria

  • DNI o NIE de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Certificado histórico de empadronamiento colectivo (12 meses en Cantabria).
  • Libro de familia o certificados de nacimiento.
  • Justificantes de ingresos de los últimos 3 meses.
  • Declaración de la Renta o certificado de no obligación.
  • Número de cuenta bancaria (IBAN).
  • Resolución del IMV (concedido, denegado o en trámite).

Cómo solicitarla paso a paso

1

Cita en Servicios Sociales municipales

El trabajador social de tu ayuntamiento es el primer punto de contacto. Evalúa tu situación, informa sobre requisitos y coordina la tramitación.

2

Solicita el IMV si aún no lo has hecho

La RSB exige haber solicitado previamente cualquier prestación a la que se tenga derecho. Tramita el IMV en la Seguridad Social antes o simultáneamente.

3

Presenta la solicitud RSB

A través de los Servicios Sociales o directamente en el registro del Gobierno de Cantabria. La solicitud incluye el Plan Personal de Inserción elaborado con el trabajador social.

Más información
4

Resolución y abono

El plazo de resolución es de 3 meses. El pago es mensual. La prestación se renueva anualmente si se mantienen los requisitos y el cumplimiento del PPI.

Preguntas frecuentes

¿Es compatible la RSB con trabajar a tiempo parcial?

Sí, dentro de límites. Si los ingresos del trabajo parcial no superan el umbral de renta establecido, la RSB puede seguir percibiéndose, posiblemente con una reducción proporcional. El trabajador social calculará el impacto concreto.

¿Qué diferencia hay entre la RSB y el IMV?

El IMV es estatal (INSS) y actúa en toda España. La RSB es autonómica y complementa al IMV cuando la cuantía cántabra es superior a la estatal. También puede cubrir a personas que no cumplen algún requisito del IMV pero sí los requisitos autonómicos.

¿Cuánto tarda en resolverse?

El plazo legal es de 3 meses desde la presentación de la solicitud completa. Si transcurre ese plazo sin resolución, se considera desestimada por silencio administrativo y se puede recurrir.

Fuentes legales

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Información actualizada el 17 de junio de 2026. Los importes y requisitos pueden cambiar — verifica siempre con la página oficial antes de solicitar. Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento legal.